Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en San Adrian
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales para elegir: o pagas con el 50% de reducción (renunciando a cualquier recurso) o presentas alegaciones. Si optas por recurrir, perderás el derecho al descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma en la notificación o en el procedimiento sancionador antes de dar el paso.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para invalidar una sanción de radar, el expediente debe contener errores que vulneren la Ley de Seguridad Vial o el Reglamento de Procedimiento Sancionador. Los puntos clave donde buscar fallos son:
- Ausencia de margen de error: Todo cinemómetro debe aplicar un margen de error legalmente establecido según la homologación del equipo (habitualmente 3 km/h o 5 km/h dependiendo de la velocidad). Si no se ha aplicado, la multa es nula.
- Falta de fotografías: La notificación debe incluir la imagen del vehículo. Si la foto es borrosa, no permite identificar la matrícula o no muestra claramente el vehículo infractor, la prueba pierde validez.
- Certificado de calibración caducado: El radar debe tener una certificación vigente. Si el último certificado de verificación periódica ha expirado, la medición no tiene validez legal.
- Defectos en la notificación: Si el agente no detuvo el vehículo y la notificación no especifica por qué no fue posible la parada, o si los datos del titular son erróneos, es un motivo sólido de recurso.
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara evitar volver a pasar por este proceso, la prevención es tu mejor aliada. Instalar un avisador de radares legal te permitirá conocer en tiempo real la ubicación de los cinemómetros fijos y de tramo, ajustando tu velocidad antes de llegar al punto de control.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en San Adrian o por internet
Si la multa ha sido interpuesta por la Policía Local de San Adrian, el organismo competente es el propio Ayuntamiento de San Adrián. Si la multa proviene de la DGT (en carreteras interurbanas), el trámite debe realizarse ante la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.
La forma más eficiente es a través de la Sede Electrónica del organismo emisor mediante certificado digital o Cl@ve. También puedes presentar el escrito en las oficinas de registro municipal o en cualquier oficina de Correos mediante correo certificado administrativo. Recuerda que, además de los radares, es vital estar al tanto de las restricciones de acceso. Puedes utilizar
En el escrito, incluye siempre el número de expediente, tus datos personales, los hechos alegados y la solicitud de prueba (como el certificado de calibración del radar). Si tras la alegación la resolución es desfavorable, el siguiente paso sería el Recurso de Reposición o, en última instancia, la vía contencioso-administrativa.