Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Requejada
Si has recibido una multa de radar en Requejada, el primer paso es determinar si vas a pagar o a recurrir. Dispones de un plazo de 20 días naturales desde la notificación para beneficiarte del descuento del 50% por pronto pago. Ten en cuenta que, si decides presentar un recurso, pierdes automáticamente este derecho a la reducción. Si decides impugnar, tienes un plazo máximo de 20 días naturales para presentar tus alegaciones ante el organismo sancionador.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso tenga probabilidades de éxito, debes buscar errores técnicos o administrativos en la denuncia. No se trata de negar el hecho, sino de invalidar el procedimiento. Los puntos clave a revisar son:
- Identificación del vehículo y conductor: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente con tu coche.
- Certificado de verificación del cinemómetro: El radar debe tener una homologación vigente. Solicita el certificado de calibración; si no se adjunta o está caducado, la multa es nula.
- Margen de error legal: Según la normativa, debe aplicarse el margen de error del radar (que varía si es fijo o móvil). Si no se ha aplicado, la sanción es incorrecta.
- Fotografía: Debe ser nítida y permitir identificar el vehículo sin lugar a dudas. Si la foto es borrosa o no muestra claramente la placa, es un motivo sólido de recurso.
- Notificación: Si la multa llegó tarde (más de 3 meses para infracciones leves o 6 para graves/muy graves), puedes alegar prescripción.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Requejada o por internet
Las multas de radar en carretera abierta son competencia de la Dirección General de Tráfico (DGT). Si la multa ha sido impuesta por la Guardia Civil de Tráfico, debes dirigir tu escrito a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente a la provincia de Cantabria. Para presentar el recurso tienes tres vías principales:
- Sede Electrónica de la DGT: Es la vía más rápida y eficaz. Necesitarás certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Registro Presencial: Puedes acudir a cualquier oficina de registro de la Administración General del Estado, comunidades autónomas o ayuntamientos adheridos a la red ORVE.
- Correos: Puedes enviar el escrito por correo administrativo en sobre abierto para que sea sellado y fechado antes de su envío.
Además de gestionar tus multas, es fundamental prevenir nuevas sanciones. Actualmente, el control del tráfico se ha vuelto más estricto en los núcleos urbanos. Te recomendamos utilizar herramientas como