Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Reino (O)
Si has recibido una notificación por exceso de velocidad detectada por un radar en Reino (O), el tiempo corre en tu contra. Dispones de exactamente 20 días naturales desde el día siguiente a la recepción de la notificación para decidir: o te acoges al pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la culpa y cerrar la vía administrativa) o presentas un escrito de alegaciones para anular la sanción. No es posible realizar ambas acciones a la vez.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara tumbar una multa de radar en Reino (O), un recurso riguroso debe basarse en la falta de pruebas o en el incumplimiento de la estricta normativa técnica aplicable a los cinemómetros. Los defectos de forma y técnicos más viables son:
- Ausencia del margen de error obligatorio: La administración está obligada a aplicar el margen de error técnico del radar sobre la velocidad registrada (normalmente un 5% o 5 km/h para radares fijos, y un 7% o 7 km/h para móviles, dependiendo de la tecnología). Si en la multa la "velocidad imputada" coincide exactamente con la "velocidad detectada", la sanción es nula por no haberse aplicado dicho margen.
- Falta de calibración del radar: El cinemómetro debe superar una revisión anual obligatoria. En la notificación debe constar el número de serie del aparato y la fecha exacta del último certificado de verificación del Instituto Español de Metrología (CEM). Si el certificado está caducado o no se adjunta, la prueba carece de validez legal.
- Defecto en las pruebas fotográficas: La ley exige que la fotografía muestre claramente la matrícula del vehículo infractor. Si en la imagen aparecen dos vehículos circulando en paralelo y no se puede determinar cuál de ellos activó el radar, la multa debe ser anulada por indefensión.
- Falta de correspondencia en la señalización: Si el radar es fijo, la vía debe contar con la señalización vertical de advertencia previa con la suficiente antelación.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Reino (O) o por internet
El organismo ante el que debes dirigir tu recurso depende exclusivamente de la titularidad de la vía donde fuiste captado por el radar en Reino (O):
- Si la multa es de la Policía Local (Vías urbanas): Debes dirigir el escrito de alegaciones al Ayuntamiento de Reino (O). Puedes presentarlo de forma presencial a través del Registro General del Ayuntamiento o, de manera mucho más ágil, a través de su Sede Electrónica utilizando tu certificado digital o Cl@ve.
- Si la multa es de la DGT (Vías interurbanas o autovías): El recurso debe dirigirse a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. El trámite se realiza cómodamente por internet a través de la Sede Electrónica de la DGT (dentro del apartado de "Alegaciones y Recursos").
Además de vigilar tu velocidad frente a los radares, recuerda que las sanciones por acceso indebido a áreas restringidas son cada vez más habituales. Para evitar sorpresas y circular con total tranquilidad por cualquier municipio, te recomendamos consultar detenidamente