Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Real De La Jara (El).
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales para actuar. Si decides pagar con el descuento del 50%, renuncias automáticamente a tu derecho a presentar alegaciones. Si tu intención es recurrir, no realices el pago, ya que la administración lo interpreta como una conformidad con la sanción. El procedimiento administrativo requiere presentar un escrito de alegaciones dentro de ese mismo plazo de 20 días desde la notificación.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, debes buscar errores en el boletín de denuncia o en la tramitación. Los puntos clave son:
- Identificación del vehículo: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente con tu vehículo.
- Certificado de calibración: Exige siempre el certificado de verificación periódica del radar (cinemómetro). Si no está vigente o no se adjunta, la multa es nula.
- Márgenes de error: Asegúrate de que se ha aplicado correctamente el margen de error legal (habitualmente 3 km/h o 5 km/h según el tipo de radar y velocidad).
- Fotografía: La imagen debe ser nítida. Si la placa no es legible o aparecen dos vehículos en la misma foto, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
- Identificación del conductor: Si el vehículo es una empresa o está a nombre de otra persona, la administración debe haber intentado notificar al conductor real.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Real De La Jara (El) o por internet.
Las multas por radar suelen ser competencia de la Dirección General de Tráfico (DGT), salvo que el radar sea de titularidad municipal. En el caso de Real de la Jara, si la infracción ha sido en travesía o vía urbana, el organismo competente es el Ayuntamiento de El Real de la Jara. Si ha sido en carreteras interurbanas (como la N-433), es competencia de la DGT.
Para presentar tus alegaciones, puedes utilizar el Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado, adjuntando tu DNI y el documento de alegaciones. Si prefieres la vía presencial, dirígete a las oficinas de atención al ciudadano del Ayuntamiento de El Real de la Jara o a la Jefatura Provincial de Tráfico de Sevilla si el expediente es de la DGT.
Recuerda que, además de los radares, es vital estar al tanto de las restricciones circulatorias. Utilizar herramientas como