Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Ramallosa
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, olvida el descuento. Es fundamental presentar el escrito dentro de este periodo de 20 días para evitar que la sanción gane firmeza y pase a vía ejecutiva.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con negar los hechos; debes atacar la validez del procedimiento administrativo. Busca estos errores en la notificación:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe ser nítida y permitir identificar la matrícula sin dudas. Si no se adjunta o es ilegible, solicita la prueba original.
- Certificado de verificación del cinemómetro: El radar debe haber pasado su revisión anual. Si el certificado está caducado o no se adjunta al expediente, la multa es nula.
- Error en los datos técnicos: Verifica que el modelo de radar, el punto kilométrico exacto y el margen de error aplicado sean correctos. La Ley de Metrología exige aplicar márgenes de error (normalmente 5 km/h o 7% según el tipo de radar) que, si no se han restado, invalidan la sanción.
- Falta de identificación del conductor: Si la multa no identifica al conductor y la notificación es deficiente, puedes alegar indefensión.
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Dónde presentar el escrito de alegaciones en Ramallosa o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la DGT (carreteras interurbanas o travesías), el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico de Pontevedra. Si la sanción fue impuesta por la Policía Local de Nigrán (municipio al que pertenece Ramallosa), deberás dirigir el recurso al Ayuntamiento de Nigrán.
La forma más eficiente es a través de la Sede Electrónica de la DGT (si es competencia estatal) o mediante el registro electrónico del Ayuntamiento de Nigrán si es una multa municipal. También puedes presentar el escrito presencialmente en cualquier oficina de Correos mediante correo administrativo (sobre abierto para que sea sellado) o en las oficinas de asistencia en materia de registro.
Recuerda que, además de los radares, las normativas de tráfico en núcleos urbanos son cada vez más restrictivas. Te recomiendo consultar