Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Puntalon
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos opciones excluyentes: pagar con una reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a cualquier recurso) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que solo debes iniciar este camino si existen defectos de forma claros o pruebas de que la infracción no se produjo tal y como indica el boletín.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
El éxito de un recurso reside en identificar errores administrativos. Revisa minuciosamente los siguientes puntos en tu notificación:
- Identificación del vehículo: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente con tu coche.
- Identificación del agente o cinemómetro: El boletín debe especificar el modelo de radar, su número de serie y la fecha de la última revisión periódica (certificado metrológico en vigor). Si falta alguno de estos datos, la multa es nula.
- Fotografía: Si la imagen es borrosa, no permite identificar el vehículo o aparecen varios coches en el encuadre, tienes argumentos sólidos para el archivo.
- Margen de error: Asegúrate de que se ha aplicado correctamente el margen de error legal del radar, que varía según si es un equipo fijo o móvil.
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Dónde presentar el escrito de alegaciones en Puntalon o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la DGT (radares en carreteras interurbanas), debes dirigir tus alegaciones a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la sanción procede de la Policía Local de Puntalon, el escrito debe ir dirigido al Ayuntamiento. En ambos casos, el procedimiento es el siguiente:
- Sede Electrónica: Es la vía más rápida. Utiliza el portal de la DGT o la sede electrónica del Ayuntamiento de Puntalon identificándote con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Presencial: Puedes presentar el escrito en cualquier oficina de registro de la Administración General del Estado, comunidades autónomas o ayuntamientos adheridos a la ORVE.
- Correo postal: Envío mediante correo administrativo en sobre abierto para que sea sellado antes de su envío a la jefatura u organismo sancionador.
Además de la velocidad, es vital estar al tanto de las restricciones de circulación urbana. Te recomendamos consultar