Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Puerto De Santa Maria (El).
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar la multa con una reducción del 50% (lo que implica la renuncia automática a presentar cualquier recurso) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que debes estar seguro de que existen errores en el boletín de denuncia antes de iniciar el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar que "ibas rápido"; debes atacar la validez administrativa del expediente. Busca estos fallos técnicos:
- Identificación del vehículo y conductor: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente con tu vehículo. Si la foto no es nítida o no identifica claramente al conductor, exige la prueba original.
- Certificado de calibración: Todos los radares deben pasar revisiones periódicas (Metrología). Si el cinemómetro no tiene el certificado en vigor o no se menciona en la denuncia, la multa es nula.
- Margen de error: Verifica si se ha aplicado el margen de error legal (habitualmente 5 km/h en radares fijos hasta 100 km/h o un 5% si es superior). Si no se ha aplicado, el exceso de velocidad está mal calculado.
- Notificación: Si la multa llega fuera de plazo (3 meses para infracciones leves, 6 meses para graves o muy graves), el expediente ha prescrito.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Puerto De Santa Maria (El) o por internet.
Si la multa ha sido impuesta por la Policía Local de El Puerto de Santa María, el organismo competente es el Ayuntamiento. Si el radar era de la DGT (en vías interurbanas o autovías como la A-4 o CA-31), debes dirigirte a la Jefatura Provincial de Tráfico de Cádiz.
Para presentar tus alegaciones, te recomendamos el uso de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María mediante certificado digital o DNI electrónico. Es el método más rápido y deja constancia oficial del registro. Si prefieres la vía presencial, puedes acudir a la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) solicitando cita previa.
Recuerda que, además de los radares de velocidad, es vital estar atento a las restricciones de acceso. Puedes utilizar herramientas como