Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Puerto De La Cruz
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías excluyentes: pagar la multa con una reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a cualquier recurso) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, perderás el derecho al descuento, por lo que debes estar seguro de la existencia de defectos de forma o errores en el procedimiento antes de dar el paso.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar el exceso de velocidad; debes atacar la validez del procedimiento administrativo. Busca los siguientes errores en tu boletín de denuncia:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe permitir identificar con claridad el vehículo y su matrícula. Si la foto es borrosa o no se aprecia el vehículo completo, puedes solicitar la nulidad.
- Falta de certificación del cinemómetro: Todo radar debe pasar revisiones periódicas por el Centro Español de Metrología. Si el certificado de calibración ha caducado o no se adjunta, la prueba carece de validez legal.
- Error en los datos del conductor: Si la identificación del conductor o del titular del vehículo es incorrecta, el acto administrativo es nulo.
- Ausencia de margen de error: En multas de radar, debe aplicarse el margen de error legal (según el tipo de radar y si es fijo o móvil). Si la sanción se impone sin aplicar esta reducción, puedes solicitar su rectificación.
- Falta de notificación en el acto: Si el radar es móvil y no fuiste parado por un agente, la administración debe justificar por qué no fue posible la notificación inmediata.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Puerto De La Cruz o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la Policía Local de Puerto de la Cruz, el organismo competente es el Ayuntamiento. Si la sanción proviene de la DGT (muy común en carreteras interurbanas como la TF-5), deberás dirigir el recurso a la Jefatura Provincial de Tráfico de Santa Cruz de Tenerife.
Para presentar tus alegaciones, tienes tres vías principales:
- Sede Electrónica: Es la forma más rápida. Utiliza el portal del Ayuntamiento de Puerto de la Cruz o la sede electrónica de la DGT mediante certificado digital o Cl@ve.
- Oficinas de Registro: Puedes acudir presencialmente a las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Puerto de la Cruz o a cualquier oficina de correos mediante correo administrativo (sobre abierto para sellar la fecha).
- Registro General: Cualquier registro público de la Administración General del Estado o autonómica es válido para canalizar tu recurso.
Además de vigilar la velocidad, es fundamental estar al tanto de las restricciones de circulación en los cascos urbanos. Te recomendamos utilizar herramientas como