Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Puente Nuevo.
Tienes un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para decidir: o te acoges al pronto pago (con un 50% de descuento, pero renunciando a recurrir) o presentas alegaciones. Si decides recurrir, olvídate del descuento. Es vital que el recurso se presente dentro de este mismo plazo de 20 días para que sea admitido a trámite.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
No todas las multas son válidas. Antes de pagar, revisa minuciosamente la notificación buscando estos fallos, que son los únicos que realmente tumban una sanción:
- Error en la identificación: Si la matrícula, marca o modelo no coinciden con tu vehículo.
- Ausencia de la fotografía: La ley exige que la imagen sea clara. Si no hay foto o esta no permite identificar la placa, la multa es nula.
- Falta del margen de error: El cinemómetro debe aplicar el margen de error legalmente establecido según el tipo de radar (fijo o móvil). Si no se ha aplicado, la sanción es recurrible.
- Certificado de calibración caducado: Solicita siempre el certificado de verificación periódica. Si el radar no ha pasado su revisión anual, la prueba carece de validez legal.
- Notificación fuera de plazo: Si la infracción ocurrió hace meses y no hubo notificación previa ni causa justificada, la multa puede haber prescrito.
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Dónde presentar el escrito de alegaciones en Puente Nuevo o por internet.
Si la multa ha sido impuesta por la DGT (carreteras interurbanas), el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico. Si la sanción fue en zona urbana dentro de Puente Nuevo, el organismo responsable es el Ayuntamiento. En ambos casos, el procedimiento es el mismo:
- Sede electrónica: Es la opción más rápida y segura. Utiliza el certificado digital o DNI electrónico a través de la web oficial de la DGT o la sede electrónica del Ayuntamiento de Puente Nuevo.
- Presencial: Puedes acudir a las oficinas de registro del Ayuntamiento o a cualquier oficina de correos mediante el servicio de "correo administrativo" (deben sellar tu copia).
- Documentación: Debes incluir el número de expediente, tus datos, los hechos alegados y la prueba documental que sustente tu defensa.
Recuerda que, además de la velocidad, las sanciones actuales suelen derivar del incumplimiento de normativas ambientales. Te recomendamos consultar siempre