Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Puente Genil
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pronto pago (con reducción del 50% pero renuncia a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho a la bonificación, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma que invalide la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar desconocimiento; debes atacar la validez técnica o administrativa de la denuncia. Revisa minuciosamente los siguientes puntos:
- Falta de identificación del cinemómetro: El boletín debe especificar el modelo del radar y su fecha de última calibración. Si el certificado de verificación periódica no está vigente o no se adjunta, la multa es nula.
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe permitir identificar el vehículo sin lugar a dudas. Si la foto está borrosa o el vehículo no aparece claramente, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
- Margen de error no aplicado: Según la normativa, debe aplicarse el margen de error legal (habitualmente el 5% o 7% dependiendo de si el radar es fijo o móvil). Si la velocidad sancionada no descuenta este margen, el recurso es sólido.
- Defectos en la notificación: Si la multa no incluye la fecha, hora exacta, lugar preciso (punto kilométrico) o los datos del agente denunciante, se considera un defecto formal insubsanable.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Puente Genil o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la Policía Local de Puente Genil, deberás dirigir tu escrito al Ayuntamiento de Puente Genil a través de su Sede Electrónica o presencialmente en el Registro General. Si la multa fue impuesta por la DGT (en vías interurbanas), el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico de Córdoba. La forma más eficiente es utilizar el portal "Presentación de escritos y comunicaciones" de la sede electrónica de la DGT con certificado digital o Cl@ve.
Además de la velocidad, recuerda que la movilidad urbana está cambiando. Es recomendable utilizar herramientas como