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⚖️ Guía Práctica de Recursos

Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Puente Genil

Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pronto pago (con reducción del 50% pero renuncia a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho a la bonificación, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma que invalide la sanción.

Defectos de forma más comunes para anular esta multa

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Para que un recurso prospere, no basta con alegar desconocimiento; debes atacar la validez técnica o administrativa de la denuncia. Revisa minuciosamente los siguientes puntos:

Dónde presentar el escrito de alegaciones en Puente Genil o por internet

Si la multa ha sido impuesta por la Policía Local de Puente Genil, deberás dirigir tu escrito al Ayuntamiento de Puente Genil a través de su Sede Electrónica o presencialmente en el Registro General. Si la multa fue impuesta por la DGT (en vías interurbanas), el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico de Córdoba. La forma más eficiente es utilizar el portal "Presentación de escritos y comunicaciones" de la sede electrónica de la DGT con certificado digital o Cl@ve.

Además de la velocidad, recuerda que la movilidad urbana está cambiando. Es recomendable utilizar herramientas como

🌍 Consejo: Muchas multas actuales son por acceder a zonas restringidas sin pegatina. Comprueba todas las restricciones en ZBEMaps.es antes de viajar.
para consultar los mapas de las Zonas de Bajas Emisiones y evitar sanciones adicionales por acceso indebido a áreas restringidas, asegurándote de planificar tu ruta antes de circular por núcleos urbanos.