Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Puente Botero
Si te ha llegado una multa de velocidad en Puente Botero, el tiempo corre en tu contra. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos opciones: pagar con una bonificación del 50% renunciando a cualquier alegación, o presentar un recurso. Si decides recurrir, debes saber que el pago inicial desvía cualquier posibilidad de defensa legal, por lo que el escrito de alegaciones debe presentarse antes de que expire dicho plazo.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonLos radares por exceso de velocidad son máquinas y, como tales, fallan. Para tumbar la multa de velocidad en Puente Botero debes buscar los errores administrativos y técnicos más frecuentes en el boletín de denuncia y en la fotografía:
- Falta de margen de error: La norma exige aplicar los márgenes de error legalmente establecidos (habitualmente un 5% o 7% según el tipo de cinemómetro y si es fijo o móvil). Si no se ha aplicado, la multa es nula.
- Ausencia de la segunda fotografía: En multas de radar móvil, la normativa exige dos fotogramas que acrediten la progresión de la infracción en diferentes puntos kilométricos.
- Caducidad del certificado de homologación y revisión periódica: El cinemómetro debe haber pasado la revisión del Centro Español de Metrología (CEM). Pide siempre el certificado de verificación en vigor.
- Identificación incorrecta de la vía: Errores en el hectómetro, sentido de la marcha o la matrícula del vehículo invalidan el expediente sancionador.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Puente Botero o por internet
Dependiendo de quién haya emitido la sanción, el organismo competente variará. Si el radar estaba ubicado en una vía urbana de Puente Botero, deberás dirigir el recurso al Ayuntamiento local. Si el cinemómetro pertenece a una carretera interurbana o autopista gestionada por el Estado, la competencia recae directamente sobre la Jefatura Provincial de Tráfico de la DGT.
Para presentar el escrito cuentas con dos vías principales: de forma presencial en los registros oficiales habilitados en Puente Botero (como las oficinas de asistencia en materia de registros) o de forma telemática a través de la Sede Electrónica del organismo correspondiente (Ayuntamiento o DGT), utilizando certificado digital o Cl@ve. Asegúrate de adjuntar todas las pruebas documentales y solicitar el archivo definitivo de la sanción por indefensión o falta de pruebas válidas.
Además del exceso de velocidad, recuerda que la movilidad urbana es cada vez más compleja y las restricciones se multiplican. Para evitar sanciones imprevistas por acceso indebido, puedes utilizar