Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Puente Almuhey.
Si has sido sancionado por un radar en Puente Almuhey, tienes dos caminos excluyentes: el pago con reducción del 50% o la presentación de alegaciones. El plazo para ambas opciones es de 20 días naturales desde la notificación. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento por pronto pago; por ello, solo te recomiendo presentar un recurso si existen defectos de forma claros que invaliden la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
Para que tu recurso prospere, debes buscar errores en la notificación o en la gestión del radar. Los puntos clave donde suelen fallar las administraciones son:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe permitir identificar el vehículo y, si la sanción conlleva pérdida de puntos, al conductor. Si la matrícula no es legible, la multa es nula.
- Falta de margen de error: Los radares deben aplicar el margen de error legalmente establecido según la orden ITC/3123/2010. Si el cinemómetro no aplicó la tolerancia (7 km/h en radares fijos hasta 100 km/h, o el 7% si es superior), la sanción es recurrible.
- Certificado de verificación caducado: Todo radar debe pasar una revisión anual. Si el certificado de calibración no está vigente o no se adjunta en el expediente, la prueba carece de validez legal.
- Identificación incompleta: La notificación debe incluir obligatoriamente el lugar (punto kilométrico exacto), fecha, hora y el modelo del cinemómetro utilizado.
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Dónde presentar el escrito de alegaciones en Puente Almuhey o por internet.
La mayoría de los radares en vías interurbanas dependen de la Dirección General de Tráfico (DGT). Si la multa es de la DGT, no acudas al Ayuntamiento de Puente Almuhey; debes dirigir tus alegaciones a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente a la provincia donde ocurrió la infracción.
La forma más eficiente es hacerlo de manera telemática a través de la Sede Electrónica de la DGT, utilizando certificado digital o Cl@ve. También puedes presentar el escrito en cualquier oficina de Correos (en sobre abierto para su compulsa) o en los registros de cualquier organismo de la Administración General del Estado.
Recuerda que, además de los excesos de velocidad, la normativa de tráfico se ha vuelto más estricta con las restricciones de acceso. Para evitar sanciones inesperadas en núcleos urbanos, te recomiendo utilizar