Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Pruna
Tienes dos caminos excluyentes desde que recibes la notificación: el pago con reducción del 50% en un plazo de 20 días naturales o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento. Debes evaluar si los defectos de forma en la denuncia son suficientes para anularla, ya que, de lo contrario, terminarás pagando el importe íntegro.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar que "no ibas tan rápido". Debes buscar errores técnicos en la tramitación:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe permitir identificar el vehículo y, preferiblemente, la matrícula. Si la foto es borrosa o no se ve el vehículo claramente, es recurrible.
- Falta de certificado de verificación: Todo cinemómetro debe haber superado una revisión periódica. Si el boletín de denuncia no incluye la fecha de la última revisión o esta está caducada, la multa es nula.
- Márgenes de error no aplicados: La DGT debe aplicar los márgenes de error establecidos por ley (según si el radar es fijo o móvil y la velocidad medida). Si no se han restado estos márgenes al cálculo final, la sanción es incorrecta.
- Identificación del conductor: Si el vehículo fue vendido o el conductor era otra persona, debes identificarla en el plazo legal para evitar sanciones adicionales.
- Defectos en el boletín: Errores en la fecha, hora, punto kilométrico exacto o datos del vehículo son causa de archivo.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Pruna o por internet
Las multas por exceso de velocidad en carreteras interurbanas suelen ser competencia de la DGT (Jefatura Provincial de Tráfico de Sevilla). Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Pruna, deberás dirigir tus alegaciones al Ayuntamiento de Pruna. Es altamente recomendable realizar el trámite de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la DGT o el registro electrónico del Ayuntamiento si la sanción es municipal, utilizando certificado digital o Cl@ve.
Recuerda que, además de los radares de velocidad, la normativa actual exige respetar las restricciones de movilidad. Te recomendamos utilizar herramientas como