Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Prat De Llobregat (El)
Recibir una multa de radar por exceso de velocidad no significa que debas pagarla automáticamente. El margen de error de los cinemómetros y los errores en la tramitación son vías legales reales para lograr su anulación. Tienes un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos opciones incompatibles: pagar con una reducción del 50% renunciando a recurrir, o presentar un escrito de alegaciones si decides pelear la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para tumbar una sanción de velocidad por vía administrativa, debes buscar fallos en el expediente que invaliden la prueba de cargo. Los motivos más efectivos son los siguientes:
- Falta de metrología: El cinemómetro debe contar con su certificado de verificación periódica en vigor. Si la administración no aporta este certificado o está caducado, la multa es nula.
- Márgenes de error no aplicados: La ley obliga a restar el error máximo permitido al radar según su antigüedad y ubicación (por ejemplo, un 5% en radar fijo o 7% en móvil). Si te sancionan aplicando la velocidad exacta captada sin restar este margen, hay base para recurrir.
- Identificación errónea o incompleta: Errores en la matrícula, marca, modelo del vehículo, fecha, hora o en el tramo kilométrico exacto de la vía.
- Fotografía no concluyente: La imagen debe mostrar claramente el vehículo infractor y, si hay varios coches, la prueba queda invalidada.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Prat De Llobregat (El) o por internet
Dependiendo de quién te haya multado, deberás dirigir el recurso a una administración distinta. Si el exceso de velocidad fue cazado por un radar de la Guardia Civil de Tráfico, la competencia es de la Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona (DGT). Si la sanción proviene de un radar instalado por el Ayuntamiento en vías urbanas, la tramitación recae en el consistorio local. En cualquier caso, no es necesario acudir presencialmente: la forma más rápida, segura y con constancia legal es presentar el recurso por vía telemática a través del Registro Electrónico Común (REC) o en la sede electrónica del organismo correspondiente utilizando certificado digital o Cl@ve.
Además de vigilar los límites de velocidad, es vital tener en cuenta las restricciones de acceso en núcleos urbanos para evitar sorpresas desagradables al volante. Antes de circular, te recomendamos utilizar