Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Pobla De Claramunt (La)
Recibir una multa de velocidad no significa que tengas que pagarla automáticamente. El margen de error de los cinemómetros y la cadena de custodia de la notificación son tus mejores aliados. Tienes un plazo improrrogable de 20 días naturales desde que te llega la notificación para elegir entre dos opciones: pagar con una reducción del 50% renunciando a recurrir, o presentar un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, debes saber que pierdes el derecho al descuento por pronto pago, por lo que el recurso debe estar fundamentado sólidamente.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara tumbar una multa de radar por exceso de velocidad, los abogados de tráfico buscamos errores administrativos concretos en el boletín de denuncia. Los defectos de forma más efectivos son:
- Falta de la fotografía obligatoria: La denuncia debe incluir dos fotogramas del vehículo infractor en momentos distintos, o al menos una imagen donde se aprecie claramente la matrícula y el contexto de la vía. Si la foto es borrosa o inexistente, la multa es nula.
- Margen de error del radar: La Ley Metrológica exige aplicar un margen de error al cinemómetro según la velocidad registrada (normalmente 3 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y un 5% si es superior). Si el agente o la administración no han aplicado este descuento en la velocidad cazada, el recurso prospera seguro.
- Certificado de revisión y metrología caducado: Todo radar debe pasar revisiones periódicas obligatorias. Si el boletín no especifica la fecha de la última revisión o esta ha caducado, la medición carece de validez legal.
- Identificación incorrecta del cinemómetro: Debe constar el número de homologación del aparato y su ubicación exacta (kilómetro y sentido de la vía).
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Pobla De Claramunt (La) o por internet
La competencia para tramitar esta sanción dependerá del organismo que haya emitido la multa. Si el radar estaba operado por la Policía Local de Pobla De Claramunt (La), el expediente sancionador recae sobre el Ayuntamiento. Si se trata de un radar fijo o móvil de la Dirección General de Tráfico (DGT), la tramitación corresponde a la Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona.
Puedes presentar tu escrito de alegaciones a través de los siguientes canales:
- Por vía telemática (Recomendado): A través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado o directamente en la sede electrónica del Ayuntamiento de La Pobla de Claramunt si la multa es municipal. Necesitarás certificado digital o Cl@ve.
- Presencialmente: En la oficina de asistencia en materia de registros del Ayuntamiento de Pobla De Claramunt (La) o en las oficinas de Correos mediante correo administrativo en sobre abierto.
Además, si tu trayecto discurre por zonas urbanas complejas, es muy útil planificar la ruta y