Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Pobes
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías excluyentes: pagar la multa con una reducción del 50% (renunciando a cualquier alegación) o presentar un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de errores en el expediente antes de iniciar el proceso.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar el exceso de velocidad; debes atacar la validez técnica o administrativa de la denuncia. Revisa minuciosamente los siguientes puntos en tu notificación:
- Ausencia de margen de error: El cinemómetro debe aplicar el margen de error legalmente establecido según la Orden ICT/155/2020. Si la velocidad captada es muy cercana al límite y no se ha aplicado este margen, la sanción es nula.
- Identificación del vehículo y radar: Comprueba que los datos de la matrícula, el modelo del radar y el certificado de calibración (que debe estar en vigor) figuren correctamente. Si el certificado ha caducado, la prueba carece de validez legal.
- Fotografía insuficiente: La imagen debe ser nítida, identificar claramente la placa y, en caso de radares de pórtico, mostrar el vehículo completo. Si hay varios vehículos en el encuadre, la prueba es impugnable.
- Defectos de notificación: Si la denuncia no especifica el agente denunciante, el lugar exacto (punto kilométrico) o el sentido de la marcha, se produce una indefensión que permite la anulación.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Pobes o por internet
En Pobes, la competencia sancionadora en carreteras interurbanas recae sobre la Dirección General de Tráfico (DGT). Si la multa fue impuesta por un radar móvil o fijo en vías de titularidad estatal, debes dirigir tu escrito a la Jefatura Provincial de Tráfico de Álava.
La forma más eficiente es a través del Registro Electrónico de la DGT con certificado digital o Cl@ve. También puedes presentar el escrito en cualquier oficina de Correos mediante el servicio de "Correo Administrativo" o en las oficinas de asistencia en materia de registros de la administración pública. Recuerda que, además de cumplir con las normas de velocidad, es vital ser previsor con las nuevas restricciones; utiliza