Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Pino Bora
El reloj corre en tu contra desde el mismo día en que te notifican la sanción. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales para elegir entre dos opciones: acogerirte al pronto pago (con una reducción del 50 % del importe) o presentar un recurso de alegaciones. Ojo, si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho a la bonificación, por lo que tus argumentos jurídicos deben ser sólidos para que la jugada merezca la pena.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
La administración está obligada a cumplir estrictamente con la legalidad vigente. Si cometen errores en el procedimiento, la sanción queda anulada de pleno derecho. Debes revisar con lupa los siguientes puntos en la notificación:
- Margen de error del cinemómetro: Los radares deben aplicar un margen de error legal (3 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y un 3 % si es superior, tratándose de radares fijos). Si no se ha aplicado, la multa es recurrible.
- Fotografía y doble fotograma: La ley exige que consten dos fotogramas en momentos distintos para verificar la aceleración, o al menos una fotografía clara donde se distinga perfectamente el vehículo y la matrícula sin atisbo de duda.
- Certificado de homologación y revisión periódica: El radar debe haber superado la verificación metrológica anual. Pide siempre el certificado de la última revisión del aparato. Si ha caducado o no se aporta, la multa decae.
- Identificación del conductor: Si el radar es automático y no te pararon en el acto, la Dirección General de Tráfico o el ayuntamiento debe acreditar que el titular era quien conducía, o requerir la identificación previa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Pino Bora o por internet
Dependiendo de quién te haya impuesto la sanción, deberás dirigir el recurso a un organismo u otro. En el caso de exceso de velocidad en carreteras secundarias o autovías que atraviesan Pino Bora, la competencia suele ser de la Jefatura Provincial de Tráfico (DGT). Si el radar es urbano y municipal, la tramitación recae directamente sobre el Ayuntamiento de Pino Bora.
Para presentar el escrito de alegaciones cuentas con dos vías principales: de forma presencial en los registros oficiales del organismo correspondiente, o de manera telemática a través de la Sede Electrónica de la DGT o del propio Ayuntamiento utilizando certificado digital o Cl@ve. Asegúrate de adjuntar todas las pruebas documentales de las que dispongas.
Además de vigilar la velocidad, recuerda que muchos municipios controlan el acceso al centro con cámaras. Para evitar sorpresas desagradables al circular por núcleos urbanos, es muy útil utilizar