Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Pezuela De Las Torres
Si has recibido una notificación de sanción por exceso de velocidad en el término municipal de Pezuela de las Torres, dispones de un plazo estricto de 20 días naturales desde el día siguiente a la recepción de la multa para tomar una decisión crítica: pagar con el 50% de descuento por pronto pago (lo que implica admitir la culpabilidad y perder el derecho a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones para impugnar la sanción si detectas errores en el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonErrores técnicos y procedimentales clave
- Falta de aplicación de los márgenes de error: La ley exige que se aplique el margen de error técnico del radar sobre la velocidad registrada (generalmente de 3 km/h o 3% para radares fijos, y 5 km/h o 5% para móviles, según la Orden ICT/155/2020). Si la notificación muestra que te sancionan exactamente por la velocidad que marca el cinemómetro sin aplicar esta reducción obligatoria, la multa es nula.
- Certificado de homologación ausente o caducado: El radar debe haber superado la revisión técnica anual. En tu recurso, exige que la administración aporte el certificado de calibración en vigor del cinemómetro específico que te fotografió.
- Defectos en la prueba fotográfica: La imagen del vehículo debe identificar de forma inequívoca la matrícula. Si la foto es borrosa, si aparecen dos vehículos en el mismo encuadre o si no se aprecia claramente el modelo del coche, la prueba carece de validez jurídica.
- Prescripción de la infracción: La Administración tiene un plazo máximo de 3 meses para notificar las infracciones leves y de 6 meses para las graves o muy graves. Si la notificación te llega fuera de este plazo, la sanción ha prescrito.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Pezuela De Las Torres o por internet
Dependiendo del tipo de vía donde fuiste captado por el radar, el organismo competente para tramitar tu recurso varía:
1. Vía urbana (Competencia Municipal)
Si la multa fue interpuesta por la Policía Local en las calles del casco urbano de Pezuela de las Torres, el organismo sancionador es el propio Ayuntamiento. Puedes presentar tu pliego de descargo de las siguientes formas:
- Presencialmente: En el Registro General del Ayuntamiento de Pezuela de las Torres (Plaza de la Constitución, 1, 28812 Pezuela de las Torres, Madrid).
- Por correo postal: Mediante correo administrativo certificado dirigido al Ayuntamiento de Pezuela de las Torres.
- Por internet: A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento o utilizando el Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado (red SARA), dirigiendo el escrito al consistorio.
2. Vías interurbanas (Competencia de la DGT)
Si la infracción se produjo en las carreteras autonómicas que cruzan el municipio (como la M-224 o la M-225) y fue registrada por un radar de la Guardia Civil o de la Dirección General de Tráfico, el recurso debe dirigirse a la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid. Este trámite se puede realizar de forma 100% telemática a través de la Sede Electrónica de la DGT utilizando Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
Además de vigilar los límites de velocidad en carretera, es fundamental conocer las normativas de circulación vigentes en los diferentes municipios de la Comunidad de Madrid. Para evitar sanciones inesperadas al desplazarte por la región, te aconsejamos consultar