Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Peñarroya-Pueblonuevo
Si has sido sancionado por un radar en Peñarroya-Pueblonuevo, el tiempo es tu mayor enemigo. Tienes un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar con el 50% de descuento (lo que implica reconocer la infracción y renunciar a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones. Si optas por recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma antes de iniciar el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con negar el hecho; hay que atacar la validez administrativa de la sanción. Revisa minuciosamente los siguientes puntos en tu boletín de denuncia:
- Margen de error del cinemómetro: Verifica que se haya aplicado el margen de error legal establecido según la Orden ICT/155/2020. Si el radar no estaba correctamente calibrado o no se aplicó el margen, la prueba es nula.
- Identificación del vehículo y conductor: Comprueba que la matrícula sea correcta y que la foto sea legible. Si la foto es borrosa o no identifica claramente el vehículo, es un motivo sólido de archivo.
- Certificado de verificación: La Administración debe acreditar que el radar cuenta con el certificado de verificación periódica en vigor. Si falta este documento o está caducado, la sanción es impugnable.
- Ausencia de señalización: Si la vía no estaba debidamente señalizada con la limitación de velocidad, puedes alegar indefensión.
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La competencia para sancionar depende de quién gestiona la vía:
- Si la multa es en vía urbana: La competencia es del Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo. Debes presentar el recurso en el Registro General del Ayuntamiento o a través de su sede electrónica oficial.
- Si la multa es en carretera interurbana (N-432 o vías autonómicas): La competencia es de la Dirección General de Tráfico (DGT). Puedes presentar el escrito en la Jefatura Provincial de Tráfico de Córdoba o, de forma más ágil, a través de la Sede Electrónica de la DGT utilizando tu certificado digital o Cl@ve.
Además de gestionar las multas por velocidad, es vital que te mantengas informado sobre las restricciones de acceso a los cascos urbanos. Puedes consultar el