Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Pedrosa Del Rey
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Pedrosa Del Rey, dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para tomar una decisión: pagar con una bonificación del 50% renunciando a recurrir, o presentar un escrito de alegaciones si detectas irregularidades. Una vez superados estos 20 días, perderás el derecho al descuento y el procedimiento sancionador seguirá su curso ordinario.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara tumbar una multa de velocidad, los tribunales suelen exigir que se demuestre un error en el procedimiento o en el dispositivo de medición. Al revisar la denuncia, debes buscar minuciosamente los siguientes fallos:
- Ausencia de fotograma dual: La normativa exige dos fotografías del vehículo infractor tomadas en instantes diferentes para verificar que la velocidad era real y no puntual por un bache o error del sensor. Si solo hay una foto, la prueba es débil.
- Falta de margen de error legal: Los cinemómetros deben aplicar un margen de error estipulado por ley (habitualmente del 5% si son fijos y del 7% si son móviles para velocidades inferiores a 100 km/h). Comprueba si la velocidad sancionada ya lo lleva descontado o si se aplicó de forma incorrecta.
- Certificado de revisión caducado: Todo radar debe pasar revisiones periódicas en el Centro Español de Metrología (CEM). Exige el certificado de metrología en vigor; si no lo aportan o está caducado en el momento de la infracción, la multa es nula de pleno derecho.
- Identificación errónea del lugar: Debe constar con exactitud el kilómetro y la vía en Pedrosa Del Rey donde se produjo la infracción. Si hay discrepancias en la ubicación, el expediente decae.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Pedrosa Del Rey o por internet
Dado que las multas por exceso de velocidad en carreteras secundarias o tramos competencia del Estado suelen ser tramitadas por la Dirección General de Tráfico (DGT) —salvo que el cinemómetro pertenezca a la policía local del municipio—, el organismo competente para resolver será la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.
Tienes dos vías principales para presentar tu recurso:
- Por vía telemática: Es la opción más rápida y segura. Puedes acceder al Registro Electrónico Común (REC) o a la Sede Electrónica de la DGT utilizando tu certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- De forma presencial: Puedes entregar el escrito en las Oficinas de Correos mediante correo administrativo (en sobre abierto para que sellen la copia con la fecha de entrada) o en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier administración pública.
Asimismo, si tus desplazamientos habituales te llevan a cruzar núcleos urbanos con restricciones, es vital