Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Pardellas
Dispones de un plazo máximo de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el descuento por pronto pago. Es fundamental presentar el recurso dentro de este plazo para evitar que la sanción gane firmeza y se inicie la vía ejecutiva.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para invalidar una sanción de radar, debes buscar errores técnicos en la notificación. Los defectos de forma más frecuentes son:
- Falta de identificación del cinemómetro: La multa debe especificar el modelo, número de serie y la fecha de la última revisión periódica (ITV del radar). Si falta algún dato, la multa es nula.
- Ausencia de la fotografía o mala calidad: La imagen debe ser clara y permitir identificar el vehículo. Si no se aporta la prueba gráfica o esta es ilegible, el recurso prospera.
- Margen de error no aplicado: Según la normativa, los radares deben aplicar un margen de error específico según el tipo de aparato y la velocidad medida. Si la velocidad sancionada no descuenta este margen, la multa es recurrible.
- Defectos en la notificación: Si la denuncia no incluye los datos obligatorios del agente denunciante o la normativa infringida, el procedimiento puede ser archivado.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Pardellas o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la Guardia Civil o en una vía interurbana, el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico de la DGT correspondiente. Si la sanción fue impuesta por la Policía Local de Pardellas, debes dirigir tus alegaciones al Ayuntamiento de Pardellas.
La forma más eficiente de presentar el recurso es a través de la Sede Electrónica de la DGT (si es competencia estatal) o mediante el Registro Electrónico Común (REC) dirigido al Ayuntamiento de Pardellas, utilizando siempre certificado digital o Cl@ve PIN. Asegúrate de adjuntar todas las pruebas documentales que sustenten tus alegaciones.
Recuerda que, además de los radares, las restricciones de movilidad están ganando peso. Te recomendamos consultar siempre