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⚖️ Guía Práctica de Recursos

Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Paradas.

Si has recibido una notificación de multa por exceso de velocidad en Paradas, el primer paso es determinar tu estrategia: tienes 20 días naturales desde la notificación para realizar el pago con reducción del 50% (pronto pago) o presentar alegaciones. Ten en cuenta que si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento. Analiza bien la prueba fotográfica antes de decidir, ya que si los datos son correctos, el recurso podría ser infructuoso.

Defectos de forma más comunes para anular esta multa.

Para anular una sanción por radar, el error debe estar en el procedimiento administrativo o en la medición. Revisa minuciosamente los siguientes puntos:

🛑 Evita más multas sorpresa

Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.

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Anticiparse a las sanciones es la mejor estrategia. Además de contar con un avisador legal, es fundamental planificar tus rutas evitando zonas restringidas. Puedes consultar FuelMaps para obtener información precisa y en tiempo real sobre el estado de las vías. Asimismo, para evitar sanciones por acceso indebido, es vital consultar los mapas oficiales de ZBE_MAPS antes de entrar en cascos urbanos que hayan implementado restricciones de circulación por emisiones.

Dónde presentar el escrito de alegaciones en Paradas o por internet.

Si la multa ha sido impuesta por la Policía Local de Paradas, debes dirigir el escrito de alegaciones al Ayuntamiento de Paradas. Si la sanción proviene de la DGT (carreteras interurbanas), el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico de Sevilla.

Pasos para la presentación:

Recuerda que, tras presentar el recurso, la administración tiene un plazo de hasta seis meses para resolver. Si en ese tiempo no recibes respuesta, se entiende que el recurso ha sido desestimado por silencio administrativo y deberás valorar si acudir a la vía contencioso-administrativa.