Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Palo Blanco-Llanadas.
Si has recibido una multa por exceso de velocidad en Palo Blanco-Llanadas, el primer paso es crítico: tienes 20 días naturales desde la notificación para decidir entre el pronto pago (con un 50% de descuento) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho a la bonificación, por lo que solo debes iniciar este camino si existen defectos de forma claros o pruebas sólidas que demuestren la invalidez de la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar desconocimiento; debes atacar la validez técnica o administrativa del proceso. Revisa minuciosamente los siguientes puntos:
- Identificación del vehículo: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente con tu vehículo. Un solo error en un dígito invalida la multa.
- Certificado de calibración (Cinemómetro): La DGT está obligada a certificar que el radar ha pasado las revisiones periódicas. Si el certificado ha caducado o no se adjunta, la sanción es nula.
- Margen de error: Verifica si se ha aplicado el margen de error legal establecido para el tipo de radar (fijo o móvil). Si la velocidad captada está dentro del margen de error, la multa es recurrible.
- Fotografía: Debe ser nítida. Si la imagen es borrosa, no permite identificar el vehículo o aparecen otros coches en la misma foto, el radar no ha cumplido su función de prueba única.
- Notificación: Si la multa llega fuera de plazo (3 meses para infracciones leves, 6 meses para graves/muy graves), el procedimiento ha prescrito.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Palo Blanco-Llanadas o por internet.
Al tratarse de una sanción por exceso de velocidad en carretera, la competencia suele recaer sobre la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente a la DGT. Puedes presentar tu escrito de alegaciones a través de la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o Cl@ve, o bien de manera presencial en cualquier Jefatura de Tráfico.
Es vital que el escrito sea técnico y cite la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Además, recuerda que, además de los radares, las normativas urbanas están cambiando; te recomendamos consultar
Si el recurso administrativo es desestimado, aún te queda la vía del recurso de reposición o, finalmente, la vía contencioso-administrativa, aunque esta última suele requerir un análisis coste-beneficio previo debido a los gastos legales.