Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Palavea.
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento. Es vital no dejar pasar este plazo, ya que tras los 20 días la multa entra en periodo ejecutivo con recargos.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara invalidar una sanción de radar en Palavea, no basta con negar el exceso; debes buscar vicios técnicos o procedimentales en el boletín de denuncia:
- Ausencia de fotografía: Si la notificación no incluye la prueba fotográfica, puedes solicitarla. Si es de mala calidad, no identifica la matrícula o no es legible, la sanción es nula.
- Certificado de calibración: Todo cinemómetro debe haber superado el control metrológico anual. Si el certificado está caducado o el radar no está correctamente homologado, la multa no es firme.
- Identificación del vehículo: Comprueba que la marca, modelo y matrícula coincidan exactamente. Un error en un solo dígito invalida la denuncia.
- Márgenes de error: Verifica si se ha aplicado el margen de error legal establecido por la Orden ICT/155/2020. Muchos radares antiguos o mal configurados no aplican esta resta obligatoria sobre la velocidad captada.
- Defectos en el agente: Si la multa fue notificada en el acto y el agente no especificó el modelo de radar o no se identificó correctamente, es un motivo sólido de alegación.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Palavea o por internet.
Si la multa ha sido interpuesta por la Policía Local de A Coruña (al tratarse de Palavea, es competencia municipal), debes dirigir tus alegaciones a la Concejalía de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de A Coruña. Si la multa fue captada por un radar de la DGT en una vía interurbana, deberás dirigir el recurso a la Jefatura Provincial de Tráfico de A Coruña.
La forma más eficiente es a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento o de la DGT mediante certificado digital o Cl@ve. También puedes presentar el escrito en cualquier oficina de Registro o a través de las oficinas de Correos mediante correo administrativo certificado.
Recuerda que, además de los radares de velocidad, en el entorno urbano es crucial estar al tanto de las restricciones de circulación. Te recomendamos consultar siempre el