Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Paiporta
Si has sido sancionado por un radar en Paiporta, dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que supone reconocer la infracción y renunciar a recurrir) o la presentación de un escrito de alegaciones. Si decides impugnar, perderás el derecho a la reducción, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto en el expediente antes de iniciar el proceso.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con negar el exceso de velocidad; debes atacar la validez técnica del procedimiento. Busca en tu notificación los siguientes errores:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe permitir identificar claramente la matrícula y el modelo del vehículo.
- Falta de margen de error del cinemómetro: El boletín debe especificar el margen de error legal aplicado según la tabla de la Orden ICT/155/2020. Si no se ha aplicado, la sanción es nula.
- Certificado de verificación: El radar debe tener vigente su certificado de homologación. Solicita el último informe de calibración; si está caducado, la prueba carece de validez.
- Identificación del conductor: Si el vehículo es de empresa o alquiler, asegúrate de que se ha notificado correctamente al conductor. Si los datos del titular no coinciden con la realidad, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Paiporta o por internet
La competencia depende de quién haya emitido la sanción. Si el radar era de la Policía Local de Paiporta, deberás dirigir tus alegaciones al Ayuntamiento de Paiporta. Si fue un radar fijo de la DGT en vías interurbanas, el organismo es la Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia.
La forma más eficiente es a través de la Sede Electrónica de la DGT (si es competencia estatal) o la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Paiporta, utilizando certificado digital o Cl@ve. También puedes presentar el escrito de forma presencial en las oficinas de registro del ayuntamiento o en cualquier oficina de correos mediante correo administrativo en sobre abierto.
Recuerda que, además de los radares, las nuevas restricciones de movilidad pueden complicar tu circulación. Te recomendamos consultar