Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Padron.
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar con una reducción del 50% (lo cual implica renunciar a recurrir) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que debes estar seguro de que existen defectos de forma o pruebas que invaliden la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar el exceso de velocidad; debes atacar la validez del procedimiento administrativo. Busca estos errores en la notificación:
- Ausencia de margen de error: El cinemómetro debe aplicar el margen de error legalmente establecido (7 km/h si es inferior a 100 km/h o el 7% si es superior). Si la velocidad medida y la sancionada no reflejan este margen, la multa es nula.
- Identificación incompleta: La denuncia debe contener la fecha, hora, lugar exacto, modelo del radar y, fundamentalmente, la última fecha de verificación periódica del aparato. Si el radar no ha pasado la revisión técnica en el plazo legal, la prueba carece de validez.
- Ausencia de fotografía o mala calidad: Es obligatorio que la imagen muestre claramente la matrícula y el vehículo. Si hay otros vehículos en el encuadre, la medición es impugnable.
- Falta de notificación en el acto: Si el radar es móvil y no te pararon, la administración debe justificar por qué no fue posible la detención. Si no se justifica, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Padron o por internet.
La mayoría de las multas de radar en carretera son competencia de la Dirección General de Tráfico (DGT). Puedes presentar tu escrito de alegaciones a través de la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o DNI electrónico. Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Padrón, deberás dirigirte al Registro General del Ayuntamiento de Padrón (Plaza de Macías, 1) o utilizar su sede electrónica municipal.
Además de gestionar la velocidad, es vital prevenir futuras sanciones urbanas. Te recomendamos consultar siempre