Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Padornelo
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la responsabilidad y renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el descuento del pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de un vicio de forma o error en la medición.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar "desacuerdo"; debes atacar la validez técnica o administrativa del boletín. Busca estos fallos:
- Ausencia de la fotografía: Si la imagen no es nítida, no identifica claramente la matrícula o el vehículo, la multa es nula.
- Falta del certificado de verificación: El radar debe haber pasado su revisión periódica. Si el certificado no está vigente o no se adjunta, el cinemómetro no es fiable.
- Error en los márgenes de error: La normativa exige aplicar los márgenes de error legalmente establecidos (según si el radar es fijo o móvil). Si la sanción se impone sin restar ese margen, es recurrible.
- Ausencia de datos obligatorios: Falta de identificación del agente denunciante, modelo del radar o ubicación exacta (punto kilométrico) con precisión.
- Defectos en la notificación: Si la notificación no llega en los plazos legales o se envía a una dirección incorrecta, puede alegarse indefensión.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Padornelo o por internet
Las multas por exceso de velocidad en vías interurbanas, como es el caso de Padornelo, suelen ser competencia de la Dirección General de Tráfico (DGT), salvo que el radar sea gestionado por un organismo autonómico con competencias transferidas. En la mayoría de los casos en esta zona, el organismo sancionador es la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.
La forma más eficiente de presentar el escrito es a través de la Sede Electrónica de la DGT mediante certificado digital o Cl@ve. También puedes presentar tus alegaciones en cualquier oficina de Correos (en sobre abierto para su sellado) o en los registros de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno.
Además de controlar la velocidad, es vital que te mantengas informado sobre las restricciones de acceso a núcleos urbanos. Te recomendamos consultar