Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Otxandio
Si te ha cazado un radar por exceso de velocidad en Otxandio, dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para tomar una decisión: pagar con una reducción del 50% renunciando a cualquier recurso, o presentar alegaciones. Si decides recurrir, debes saber que no puedes acogirte al descuento por pronto pago.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonLos radares en carretera están sujetos a estrictas normativas metrológicas y de señalización. Para tumbar una multa de velocidad, debes revisar con lupa los siguientes puntos en la denuncia:
- Falta de la fotografía complementaria: La ley exige que se adjunten dos fotogramas del vehículo infractor en momentos diferentes para acreditar la velocidad captada, salvo excepciones técnicas justificadas.
- Margen de error del cinemómetro: Los radares fijos y móviles aplicarán un margen de error legal (habitualmente del 5% o 7% según el tipo de vía y dispositivo). Si no se ha aplicado correctamente en el boletín, la multa es nula.
- Certificado de revisión caducado: Todo cinemómetro debe pasar una verificación periódica anual. Pide siempre el certificado del Centro Español de Metrología (CEM). Si la última revisión supera los 12 meses, la sanción decae.
- Defectos en la señalización previa: Si el radar es de tramo o móvil pero no está debidamente anunciado según la normativa de tráfico, vulnera el principio de legalidad.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Otxandio o por internet
La tramitación dependerá de qué organismo haya emitido la sanción. Si la infracción se ha producido en una travesía o vía urbana dentro del municipio de Otxandio gestionada por la administración local, el recurso debe dirigirse al Ayuntamiento de Otxandio. Si el radar pertenece a la Dirección General de Tráfico (DGT) en carreteras interurbanas de Bizkaia, deberás tramitarlo ante la Jefatura Provincial de Tráfico de Bilbao.
La vía más rápida y segura para presentar el escrito de alegaciones es a través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado o mediante la sede electrónica del organismo correspondiente (Ayuntamiento o DGT), utilizando certificado digital o Cl@ve. Evita el correo postal tradicional a menos que no dispongas de medios telemáticos.
Además, al circular por diferentes municipios, es vital estar al tanto de las restricciones urbanas. Te recomendamos utilizar