Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Ortigueira
Tienes un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para decidir: o te acoges al pronto pago (con un 50% de descuento y renuncia a recurrir) o presentas alegaciones. Si decides recurrir, olvídate del descuento. Es fundamental que no firmes la notificación como "recibida" si no estás de acuerdo con los hechos, ya que eso no implica aceptación, pero el plazo empieza a correr desde el momento en que se intenta la notificación.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para ganar un recurso, no basta con negar el exceso de velocidad; debes atacar la validez técnica del procedimiento. Busca estos errores en la denuncia:
- Ausencia de la fotografía o mala calidad: La imagen debe ser nítida y permitir identificar el vehículo sin género de dudas. Si no se aporta o es ilegible, la multa es nula.
- Certificado de calibración caducado: Todos los radares deben pasar una revisión periódica (habitualmente anual). Solicita el certificado vigente en la fecha de la infracción; si ha caducado, la medición no tiene validez legal.
- Identificación del cinemómetro: La multa debe especificar el modelo y número de serie del radar. Si falta este dato, se genera indefensión.
- Márgenes de error: Verifica si se ha aplicado el margen de error legal (habitualmente 3 km/h en radares fijos hasta 100 km/h o el 3% si es superior).
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Ortigueira o por internet
La mayoría de los radares en las carreteras que atraviesan Ortigueira (como la AC-862) dependen de la Dirección General de Tráfico (DGT). Si la multa es de la DGT, debes presentar el recurso a través de la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o cl@ve, o enviarlo por correo certificado a la Jefatura Provincial de Tráfico de A Coruña. Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Ortigueira dentro del casco urbano, debes dirigir el escrito al Ayuntamiento de Ortigueira, ya sea presencialmente en su Registro General o mediante su sede electrónica municipal.
Además de vigilar tu velocidad, es vital que te mantengas informado sobre las nuevas restricciones de movilidad. Puedes consultar el estado y alcance de las restricciones consultando