Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Onda.
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos opciones excluyentes: pagar con el 50% de descuento (lo que implica admitir la culpa y cerrar la vía administrativa) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma antes de iniciar el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
Para que un recurso prospere, no basta con negar el exceso; debes atacar la validez técnica o administrativa de la sanción. Revisa minuciosamente los siguientes puntos en tu boletín de denuncia:
- Falta de identificación del cinemómetro: El radar debe figurar con su marca, modelo y número de homologación. Si falta alguno de estos datos, la multa es nula.
- Certificado de verificación periódica: La ley exige que el radar haya pasado una inspección técnica anual. Si el certificado está caducado o no se adjunta, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
- Ausencia de fotocopia del radar: La DGT está obligada a incluir la fotografía. Si la imagen es borrosa, no permite identificar la matrícula o no se aprecia claramente el vehículo, solicita la nulidad por falta de pruebas.
- Márgenes de error: Verifica si se ha aplicado el margen de error legal (habitualmente del 3% o 5% dependiendo de si el radar es fijo o móvil). Si no se ha aplicado, la sanción debe recalcularse.
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Dependiendo de quién haya tramitado la multa, el organismo al que dirigirte varía:
- Si la multa la puso la Policía Local de Onda: Debes presentar el recurso en el Ayuntamiento de Onda, preferiblemente a través de su Sede Electrónica oficial. También puedes acudir presencialmente al Registro General del Ayuntamiento si prefieres el formato papel.
- Si la multa la puso la DGT (vía interurbana): Debes dirigir el escrito a la Jefatura Provincial de Tráfico de Castellón. La forma más eficiente es utilizar el registro electrónico de la DGT con certificado digital o Cl@ve.
Recuerda que, además de vigilar tu velocidad, es fundamental estar al tanto de las nuevas restricciones de movilidad. Te recomiendo consultar