Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Olesa De Montserrat
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Olesa De Montserrat, el margen de actuación es ajustado. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para decidir: o pagas con una bonificación del 50%, o presentas un pliego de descargo (recurso). Ojo: si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento por pronto pago, por lo que debes estar muy seguro de encontrar un defecto en la denuncia antes de dar el paso.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara tumbar una multa de velocidad vía radar (sea fijo, móvil o de tramo), los juzgados y la administración suelen anular las sanciones si se detectan fallos concretos en el expediente. Debes revisar con lupa los siguientes puntos en la fotografía y en la notificación:
- Falta de margen de error: La norma (ITC/3123/2011) obliga a aplicar un error máximo permitido al cinemómetro. Dependiendo de si el radar es fijo o móvil y de la velocidad, debe restarse un margen (por ejemplo, 7 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h en radar fijo). Si la velocidad sancionada no tiene este descuento aplicado, la multa es nula.
- Certificado de metrología caducado: Todo radar debe pasar revisiones periódicas. Si la última inspección supera el año de antigüedad, el aparato carece de validez legal. Exige el certificado de verificación metrológica.
- Defectos en la identificación del vehículo, fecha, hora o la falta de claridad en la fotografía aportada donde no se distinga con nitidez la matrícula o el conductor.
- Ausencia de señalización previa si se trata de un radar fijo instalado en vías de titularidad municipal o autonómica.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Olesa De Montserrat o por internet
La competencia para tramitar la multa dependerá de quién te haya expedido la sanción. Si el radar era del Servei Català de Trànsit (SCT) o de la Dirección General de Tráfico (DGT), deberás dirigir tus alegaciones al organismo autonómico o estatal correspondiente. No obstante, si la multa proviene de una cámara o radar gestionado a nivel local, el organismo competente es el Ajuntament d'Olesa de Montserrat.
Puedes presentar tu escrito de alegaciones a través de los siguientes canales:
- Por vía telemática (Recomendado): A través de la Sede Electrónica del Ajuntament d'Olesa de Montserrat o de la administración que te haya sancionado, utilizando certificado digital o Cl@ve para que quede constancia inmediata del registro de entrada.
- Presencialmente: En la Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Olesa de Montserrat (solicitando cita previa si es necesario) o en cualquier registro oficial de administraciones públicas.
- Por correo postal administrativo: Enviando el pliego por correo certificado en sobre abierto a la oficina de correos para que sellen la fecha de presentación.
Además de vigilar los límites de velocidad mediante cinemómetros, es vital estar al día de las restricciones de circulación en Cataluña. Para no verte sorprendido por sanciones urbanas, te recomendamos planificar tus trayectos y