Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Novales
Recibir una multa de velocidad en carretera suele doler, pero no siempre es firme. El reloj juega en tu contra desde el momento de la notificación: dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales para acogeroras al descuento del 50% por pronto pago. Ahora bien, si decides pagar con reducción, renuncias automáticamente a presentar cualquier tipo de recurso posterior. Si consideras que la sanción es injusta y vas a pelearla, olvídate del pronto pago y centra tus esfuerzos en presentar alegaciones dentro de esos mismos 20 días naturales.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
La administración está obligada a cumplir estrictamente la Ley de Tráfico y la normativa metrológica. La mayoría de las multas de radar se caen en los tribunales no por el fondo, sino por errores administrativos y técnicos. Al recibir la notificación, revisa con lupa los siguientes puntos críticos:
- Margen de error del cinemómetro: Los radares tienen un margen de error legalmente establecido (7 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y un 7% para superiores si son fijos; un 5% o 7 km/h si son móviles). Si la velocidad censada está dentro de este margen, la multa es nula.
- Certificado de verificación periódica: Exige siempre el certificado de la última revisión del radar. Si el aparato no ha pasado los controles metrológicos anuales obligatorios, la prueba carece de validez jurídica.
- Fotografía clara y doble fotograma: En los radares fijos se exige una imagen nítida donde se aprecie claramente la matrícula. Además, en muchos tramos se exigen dos fotogramas tomados en instantes diferentes para acreditar la aceleración real.
- Identificación del agente o automatismo: Si la multa procede de un radar móvil, debe constar la identificación del cinemómetro y, preferiblemente, la detención inmediata del vehículo, salvo causa justificada.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Novales o por internet
Dependiendo de qué organismo haya emitido la sanción, el destino del pliego de alegaciones variará. Si el exceso de velocidad ha sido captado por un radar de la Dirección General de Tráfico (DGT) en las carreteras de la zona, el expediente pertenece a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la vía es de titularidad municipal o competencia local, el organismo receptor será el propio Ayuntamiento de Novales.
La forma más rápida, segura y recomendada para presentar tu recurso es de manera telemática a través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración o mediante la Sede Electrónica de la DGT si se trata de un radar de carretera. Para ello, necesitarás disponer de Certificado Digital, DNI electrónico o Cl@ve. También puedes presentar el escrito de forma presencial en las oficinas de asistencia en materia de registros de Novales o mediante correo certificado administrativo.
Además de vigilar los límites de velocidad en carretera, recuerda que el control urbano es cada vez más estricto con las restricciones medioambientales. Una buena práctica para prevenir sanciones inesperadas en tus desplazamientos es consultar