Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Nerva
Si has recibido una notificación por exceso de velocidad captado por radar en Nerva, dispones de un plazo estricto de 20 días naturales desde la notificación para tomar una decisión: abonar la sanción con un 50% de descuento (renunciando a presentar alegaciones) o interponer un recurso de alegaciones. Ojo: si identificas a otro conductor fuera de plazo o pagas la multa, perderás la vía administrativa para reclamar.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara tumbar una sanción de radar emitida en las vías urbanas de Nerva o en sus accesos (como la A-461), es imprescindible auditar el expediente sancionador en busca de errores técnicos y legales. Los motivos de anulación más frecuentes son:
- Falta de dos fotografías en momentos distintos: La Orden ICT/155/2020 exige que los radares que no identifiquen al conductor al instante aporten al menos dos fotogramas tomados en diferentes instantes de tiempo, salvo que el equipo mida simultáneamente la velocidad y la trazada mediante seguimiento continuo.
- Ausencia o caducidad del Certificado de Verificación Metrológica: El cinemómetro debe haber pasado la revisión anual obligatoria. Si el número de serie de la foto no coincide exactamente con el del certificado del Centro Español de Metrología (CEM), la multa es nula de pleno derecho.
- No aplicación del margen de error legal: La administración suele notificar la velocidad medida sin aplicar el margen de error del radar (3 km/h o 3% para radares fijos/de tramo; 5 km/h o 5% para radares móviles, según el tipo). Debe probarse que la sanción tipificada se ajusta a la velocidad ya corregida.
- Mala calidad de la imagen: Si la matrícula no es claramente legible o aparecen dos vehículos en el mismo encuadre sin precisar cuál cometió la infracción, la prueba adolece de invalidez.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Nerva o por internet
El organismo competente al que debes dirigirte depende del titular de la vía donde se cometió la infracción:
- Vías urbanas (Policía Local de Nerva): Si la sanción la tramita el Ayuntamiento de Nerva, el escrito debe dirigirse a la Alcaldía o Concejalía de Tráfico. Puedes entregarlo presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento de Nerva o de forma telemática a través de su Sede Electrónica.
- Travesías y carreteras interurbanas (DGT): Si la multa procede de la Dirección General de Tráfico, la alegación se dirige a la Jefatura Provincial de Tráfico de Huelva. El trámite más rápido es telemático mediante la Sede Electrónica de la DGT (con certificado digital o Cl@ve) o a través del Registro Electrónico Común (REC).
Si además de evitar sanciones por velocidad sueles desplazarte por cascos urbanos o áreas con restricciones de tráfico, es recomendable consultar previamente