Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Nerja
Dispones de un plazo máximo de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías excluyentes: el pago con reducción del 50% (lo cual implica el reconocimiento de la infracción y la renuncia a presentar alegaciones) o la interposición de un escrito de alegaciones para recurrir la sanción. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto formal antes de iniciar el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con negar el hecho, hay que atacar la validez del acto administrativo. Revisa minuciosamente los siguientes puntos en tu notificación:
- Ausencia de la fotografía: La ley exige que la imagen sea nítida y permita identificar el vehículo. Si la matrícula no es legible o hay varios vehículos en el encuadre, la sanción es anulable.
- Certificado de calibración (Metrología): Todo radar debe pasar revisiones periódicas. Si el certificado de calibración está caducado o no se adjunta en el expediente, la prueba carece de validez legal.
- Margen de error del cinemómetro: Los radares tienen márgenes de error técnicos. Si no se ha aplicado el margen correspondiente según la ubicación (fijo o móvil) y el tipo de radar, el exceso de velocidad calculado es incorrecto.
- Identificación del conductor: Si el vehículo es de empresa o alquiler, asegúrate de que el requerimiento de identificación se haya realizado correctamente.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Nerja o por internet
La competencia depende de quién haya emitido la sanción. Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Nerja, debes dirigir tus alegaciones a la Concejalía de Tráfico del Ayuntamiento de Nerja. Si la multa proviene de la DGT (habitual en la N-340 o autovía), el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico de Málaga.
La forma más rápida y efectiva es realizar la gestión a través de la Sede Electrónica de la DGT o el portal del Ayuntamiento de Nerja mediante certificado digital o Cl@ve. También puedes acudir presencialmente al Registro General del Ayuntamiento o a cualquier oficina de correos mediante correo administrativo certificado.
Recuerda que, además de los radares de velocidad, cada vez es más importante estar atento a las nuevas restricciones urbanas. Te recomendamos utilizar