Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Navas De San Juan
El plazo para actuar ante una multa de tráfico es crítico. Dispones de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías excluyentes: el pronto pago, que reduce la sanción un 50% pero implica renunciar a recurrir, o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho a la reducción, por lo que debes tener claro que existen fundamentos jurídicos sólidos para anular la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar los hechos; hay que atacar la validez del procedimiento. Los errores más frecuentes que permiten archivar el expediente son:
- Falta de identificación del cinemómetro: La multa debe incluir el modelo del radar, el número de serie y la fecha de su última revisión técnica. Si falta alguno de estos datos, el dispositivo carece de garantía legal.
- Ausencia de margen de error: La DGT debe aplicar el margen de error legalmente establecido según el tipo de radar (fijo o móvil) y la velocidad captada. Si la sanción se impone sobre la velocidad bruta sin descontar este margen, es nula.
- Defectos en la fotografía: La imagen debe ser clara. Si no se identifica correctamente la matrícula o aparecen varios vehículos en el encuadre, la prueba no es concluyente.
- Notificación fuera de plazo: Si la infracción se cometió hace meses y no hubo notificación en el acto ni causa justificada de demora, el expediente puede haber prescrito.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Navas De San Juan o por internet
Si la multa ha sido impuesta por un radar en una vía interurbana (carretera), la competencia es de la Dirección General de Tráfico (DGT). Si el radar estaba ubicado en una vía urbana dentro del municipio, la competencia es del Ayuntamiento de Navas de San Juan.
Para presentar el escrito, puedes hacerlo de forma presencial en la Jefatura Provincial de Tráfico de Jaén o, si es municipal, en el Registro General del Ayuntamiento de Navas de San Juan. No obstante, la vía más rápida y eficaz es la Sede Electrónica de la DGT mediante certificado digital o Cl@ve. Asegúrate siempre de adjuntar cualquier prueba documental que respalde tus alegaciones.
Además de vigilar la velocidad, es fundamental estar al tanto de las nuevas restricciones de movilidad. Puedes utilizar