Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Navaluenga
El margen de actuación ante una sanción de velocidad es crítico. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para decidir: o pagas con una reducción del 50%, renunciando a cualquier recurso posterior, o presentas alegaciones para anular la multa. Si optas por recurrir, debes redactar un escrito sólido y enviarlo en esos mismos 20 días.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Los radares de velocidad están sujetos a una estricta normativa metrológica y formal. Para tumbar la sanción, debes revisar los siguientes puntos en la denuncia y en la fotografía probatoria:
- Falta de margen de error: La norma exige aplicar un error máximo permitido (del 5% para cinemómetros fijos y del 7% para móviles si la velocidad es superior a 100 km/h, o de 3 a 7 km/h si es inferior). Si la velocidad captada y la sancionada son idénticas, hay base para anularla.
- Ausencia de fotograma dual: Es obligatorio incluir dos fotografías desde ángulos diferentes o una imagen ampliada y otra general que permitan identificar inequívocamente el vehículo y el tramo.
- Certificado de revisión caducado: Todo cinemómetro debe pasar una verificación periódica anual. Pide siempre el certificado de homologación y la última revisión en el Centro Español de Metrología (CEM).
- Identificación defectuosa: Si el radar es móvil, la denuncia debe identificar al agente denunciante y justificar por qué no fue posible la parada inmediata del vehículo.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Navaluenga o por internet
Dependiendo de quién haya emitido la multa, el organismo competente variará. Si el radar estaba ubicado en una vía urbana dentro del término municipal de Navaluenga, la sanción habrá sido tramitada por la Policía Local, por lo que deberás dirigir tus alegaciones al Ayuntamiento de Navaluenga, ya sea de forma presencial en su registro general o a través de su sede electrónica oficial. Por el contrario, si el cinemómetro pertenece a la Dirección General de Tráfico (DGT) y operaba en una carretera secundara o nacional de la zona, el expediente recaerá sobre la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente, pudiendo presentar el recurso telemáticamente mediante el Registro Electrónico Común (REC) o la app miDGT.
Además del exceso de velocidad, las restricciones a la movilidad urbana exigen estar prevenidos. Antes de circular por zonas urbanas complejas, resulta muy útil consultar herramientas como