Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Naron
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Narón, dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para tomar una decisión: pagar con una bonificación del 50% renunciando a recurrir, o presentar un escrito de alegaciones. Si optas por defender tus derechos y presentar recurso, ten en cuenta que pierdes el descuento por pronto pago, por lo que el recurso debe basarse en argumentos jurídicos sólidos y no en mera pataleta.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para tumbar una sanción de velocidad en vía administrativa, debes buscar los errores que la administración suele cometer en la tramitación y en el cinemómetro. Los motivos de nulidad más habituales son:
- Fhemeride y certificado de homologación y revisión: La Ley exige que el radar esté superando controles periódicos (METROLOGÍA). Pide siempre el certificado de verificación última del cinemómetro y su boletín de instalación. Si no se aporta o está caducado, la multa es nula.
- Margen de error legal: Los radares aplican un margen de error obligatorio (según la orden ITC/3123/2011). Debe restarse del valor capturado: 5 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h (en fijos) o 7 km/h (en móviles), y un 5% o 7% si es superior a 100 km/h. Si no se ha aplicado el margen correcto, la denuncia decae.
- Fotografía clara y doble fotograma: En radares fijos se exige una fotografía nítida donde se vea el vehículo y la matrícula sin lugar a dudas. En muchos radares móviles, la normativa exige dos fotogramas tomados en momentos distintos para probar la aceleración efectiva, algo que a menudo se incumple.
- Identificación del conductor: Si el radar es móvil y te pararon en el acto, deben identificarte. Si es un radar fijo, se inicia el proceso al titular del vehículo, quien tiene la obligación de identificar al conductor, pero si hay errores en la notificación postal inicial, se vulnera la tutela efectiva.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Naron o por internet
Dependiendo de qué organismo haya emitido la multa, deberás dirigir el recurso a una administración u otra. En Narón, las multas por exceso de velocidad suelen estar gestionadas por la Jefatura Provincial de Tráfico (DGT) si el radar pertenece a carreteras interurbanas o autovías de titularidad estatal, o bien por el propio Ayuntamiento de Narón si la infracción se ha cometido en vías urbanas municipales gestionadas por la Policía Local.
Para presentar el escrito de alegaciones de forma telemática y con total validez jurídica, puedes utilizar:
- El Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado si va dirigida a la DGT.
- La Sede Electrónica del Ayuntamiento de Narón si la multa la firma el consistorio local.
- De forma presencial en las oficinas de asistencia en materia de registros o en Correos (mediante correo administrativo en sobre abierto).
Además, recuerda que el control de la velocidad a menudo se solapa con restricciones urbanas de tráfico. Si circulas por zonas sensibles, es muy recomendable utilizar herramientas como