Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Naquera.
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar con una reducción del 50% (lo cual implica reconocer la infracción y renunciar a cualquier recurso posterior) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el beneficio del pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma antes de iniciar el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar que "no ibas tan rápido"; debes atacar la validez técnica o administrativa de la sanción. Revisa minuciosamente lo siguiente:
- Identificación del vehículo: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente con tu vehículo.
- Certificado de verificación del cinemómetro: El radar debe haber pasado su revisión anual. Si el certificado ha caducado o no se adjunta, la multa es nula.
- Margen de error del radar: La ley exige aplicar un margen de error específico según el tipo de radar (fijo o móvil) y la velocidad medida. Si la administración no ha aplicado este margen, el cálculo de la sanción es erróneo.
- Fotografía: Debe ser nítida y permitir identificar inequívocamente el vehículo. Si aparecen dos vehículos en la imagen o la placa no es legible, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
- Ausencia de ratificación del agente: Si el radar es móvil, el agente debe ratificar la denuncia. Si el escrito carece de esta firma o es genérico, es un motivo de impugnación.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Naquera o por internet.
Si la multa ha sido impuesta por la Policía Local de Naquera, el escrito debe dirigirse a la Concejalía de Tráfico del Ayuntamiento de Naquera. Si la sanción proviene de la DGT (carreteras interurbanas), el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia.
La forma más eficiente de presentar las alegaciones es a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Naquera (si es local) o mediante el Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado, utilizando certificado digital o Cl@ve. Asegúrate de incluir el número de expediente sancionador, tus datos completos y las pruebas que sustenten tu defensa.
Recuerda que, además de la velocidad, las nuevas normativas de movilidad urbana requieren precaución extra. Te recomendamos utilizar