Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Nájera
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar con el 50% de reducción (asumiendo la culpa y renunciando al recurso) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento por pronto pago. Asegúrate de presentar el recurso dentro de este mismo plazo de 20 días para evitar la firmeza de la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para invalidar una sanción de radar, no basta con negar el exceso de velocidad; debes atacar la validez del procedimiento administrativo. Busca estos errores técnicos:
- Ausencia de margen de error: El cinemómetro debe aplicar el margen de error legal establecido en la norma UNE 26444. Si el radar no ha aplicado este margen, la multa es nula.
- Fotografía borrosa o no identificable: Si la imagen no permite distinguir con claridad la matrícula o el vehículo, el recurso prospera por falta de pruebas.
- Ausencia de certificado de verificación: La Administración está obligada a adjuntar o acreditar que el radar ha pasado su revisión periódica vigente (ITV del radar). Si el certificado ha caducado, la sanción es inválida.
- Falta de identificación del agente: En radares móviles, debe constar la identificación del operador y la ubicación exacta del vehículo infractor.
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Dónde presentar el escrito de alegaciones en Nájera o por internet
La competencia para sancionar depende de quién haya captado la infracción. Si el radar estaba en el casco urbano de Nájera, la gestión corresponde al Ayuntamiento de Nájera. Si fue en una vía interurbana (como la A-12 o carreteras nacionales), la competencia es de la Dirección General de Tráfico (DGT).
- Si es multa municipal (Ayuntamiento de Nájera): Presenta el escrito en el Registro General del Ayuntamiento de Nájera (Plaza de España, 1) o a través de su Sede Electrónica oficial si dispones de certificado digital.
- Si es multa de la DGT: Utiliza la Sede Electrónica de la DGT en el apartado "Presentación de alegaciones". Es el método más rápido y garantiza un registro de entrada inmediato.
Recuerda que, además de los radares, las normativas urbanas son cada vez más estrictas. Puedes consultar