Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Muriedas
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar la multa con el 50% de reducción (renunciando a cualquier derecho de reclamación) o presentar un escrito de alegaciones. Si optas por recurrir, perderás automáticamente el descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma antes de iniciar el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con negar el exceso de velocidad; debes atacar la validez del procedimiento administrativo. Busca estos puntos débiles en tu notificación:
- Certificado de calibración: El cinemómetro debe haber pasado una revisión técnica anual. Si el certificado no está vigente o no se adjunta al expediente, la prueba es nula.
- Margen de error: Los radares tienen un margen de error según su ubicación (fijo o móvil). Si la multa no aplica el margen legal (por ejemplo, 5 km/h o 7 km/h según el tipo de radar), puedes pedir la rebaja de la sanción.
- Identificación del vehículo y conductor: Comprueba que la matrícula sea correcta y que la foto sea nítida. Si la imagen es borrosa o no identifica el vehículo sin lugar a dudas, tienes base para el recurso.
- Ubicación exacta: Si el punto kilométrico indicado en Muriedas es erróneo o inexistente, el boletín de denuncia carece de validez.
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Dónde presentar el escrito de alegaciones en Muriedas o por internet
La competencia para sancionar por exceso de velocidad en vías interurbanas es de la DGT, mientras que en travesías o vías urbanas suele recaer en el Ayuntamiento de Camargo. Identifica el organismo emisor en el encabezado de la denuncia:
- Sede Electrónica de la DGT: Es la forma más rápida y eficaz. Accede con Certificado Digital o Cl@ve a la sección "Presentación de escritos y comunicaciones".
- Ayuntamiento de Camargo: Si la multa ha sido impuesta por la Policía Local en el núcleo urbano de Muriedas, debes dirigirte al Registro General del Ayuntamiento o utilizar su sede electrónica.
- Correo Postal: Puedes enviar el pliego de descargo mediante correo administrativo (en sobre abierto para que sea sellado en la oficina de Correos).
Además de vigilar la velocidad, recuerda que la normativa actual exige precaución con las restricciones de circulación. Te recomendamos consultar