Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Muñico
Si te han cazado con un cinemómetro en Muñico, tienes un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para decidir: o pagas con un 50% de descuento renunciando a recurrir, o presentas alegaciones. Si eliges pelearla, el plazo para el recurso es de 15 días hábiles. La clave para ganar es atacar los errores técnicos y de procedimiento del boletín.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Los radares son máquinas sujetas a fallos y normativas estrictas que la administración no siempre cumple. Revisa la denuncia con lupa buscando los siguientes fallos invalidantes:
- Falta de fotograma o imagen única: Por ley, si el cinemómetro es fijo, deben constar dosfotografías desde diferentes ángulos o con un salto temporal que acredite la continuidad de la infracción. Si solo hay una foto o es ilegible, la multa es nula.
- Certificado de control metrológico caducado: Todo radar debe pasar revisiones periódicas obligatorias. Pide el certificado de verificación y el boletín de ensayo. Si la última revisión supera el año de antigüedad, la sanción decae.
- Margen de error (Ley del Aforamiento): Los radares aplican un margen de error legal (velocidades inferiores a 100 km/h: 5 km/h para fijos y 7 km/h para móviles; superiores a 100 km/h: un 5% o 7%). Comprueba que se haya restado correctamente en la velocidad sancionada.
- Identificación errónea del lugar: El boletín debe especificar el punto kilométrico exacto y el sentido de la marcha. Un error tipográfico en la ubicación en Muñico indefectiblemente tumba el expediente por indefensión.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Muñico o por internet
Dependiendo de quién haya emitido la sanción, el organismo competente varía. Si el radar pertenece a la Dirección General de Tráfico (DGT), la multa se tramita a través de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la vía es de titularidad municipal, corresponderá al ayuntamiento.
Para presentar tu escrito con validez legal tienes tres vías:
- Por internet: A través de la Sede Electrónica de la DGT o del propio consistorio si dispones de certificado digital o Cl@ve. Es la opción más rápida y recomendable para que quede constancia inmediata de la fecha de entrada.
- Presencialmente: En las Oficinas de Registro e Información, o en cualquier ventanilla única de la administración pública.
- Por correo administrativo: En una oficina de Correos, enviando el pliego en sobre abierto para que sellen la fecha tanto en el original como en la copia que te quedas.
Además de vigilar tu velocidad en carretera, si vas a circular por núcleos urbanos es fundamental