Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Motril
Si has sido sancionado por un radar en Motril, el primer paso crítico es no actuar por impulso. Dispones de un plazo de 20 días naturales desde la notificación para acogerte al pronto pago, lo cual reduce la sanción al 50% pero implica la renuncia a presentar alegaciones. Si decides recurrir, debes presentar el escrito antes de que finalice ese mismo plazo, asumiendo que perderás el descuento si el recurso es desestimado.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara invalidar una sanción de tráfico, debes buscar errores técnicos que rompan la cadena de custodia o la validez de la medición. Examina minuciosamente la denuncia buscando los siguientes fallos:
- Ausencia de margen de error: Todo cinemómetro debe aplicar el margen de error legalmente establecido (7 km/h si es inferior a 100 km/h o el 7% si es superior). Si la velocidad sancionada no aplica este margen, la multa es recurrible.
- Falta de fotografía o mala calidad: La imagen debe identificar claramente el vehículo y, preferiblemente, la matrícula. Si la foto es borrosa o no se aprecia el vehículo, la prueba es nula.
- Certificado de calibración caducado: El radar debe haber pasado su revisión metrológica anual. Solicita el certificado; si no está vigente o no se aporta, la medición carece de validez legal.
- Identificación del agente: Si el radar no era automático y fue operado por un agente, este debe haber verificado la infracción. La falta de firma o de identificación del operador puede ser motivo de anulación.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Motril o por internet
La autoridad competente depende de dónde se haya producido la infracción. Si el radar estaba en una vía urbana de Motril, la gestión corresponde al Ayuntamiento. Si fue en una vía interurbana o autovía, es competencia de la DGT (Jefatura Provincial de Tráfico de Granada). Para evitar futuros sustos, utiliza herramientas como
Puedes presentar tus alegaciones de las siguientes formas:
- Sede Electrónica: Es la opción más rápida. Accede a la web de la DGT (si es sanción de Tráfico) o a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Motril mediante certificado digital o Cl@ve.
- Presencial: Si la multa es municipal, acude al Registro General del Ayuntamiento de Motril. Si es de la DGT, puedes dirigirte a cualquier Jefatura de Tráfico o, en muchos casos, a oficinas de Correos mediante el servicio de envío de notificaciones administrativas.
- Correo Postal: Envío de escrito certificado a la dirección que aparezca en el encabezado de la notificación de la multa.