Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Moreaga
Si has recibido una notificación por exceso de velocidad captada por un radar en Moreaga (Sopela, Bizkaia), el factor tiempo es crucial. Desde el día siguiente a la recepción de la multa, dispones de un plazo de 20 días naturales para decidir tu estrategia: abonar la sanción con una reducción del 50% (lo que implica renunciar a presentar alegaciones y cierra la vía administrativa) o presentar un escrito de alegaciones para recurrirla. Recuerda que si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento por pronto pago.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara tumbar una multa de radar en vía administrativa o judicial, un abogado experto buscará siempre las debilidades técnicas del expediente sancionador. Estos son los motivos de nulidad más sólidos y frecuentes:
- Incumplimiento de los márgenes de error: La Ley de Metrología exige aplicar un margen de error técnico a la velocidad registrada por el cinemómetro (generalmente de entre el 3% y el 7% según el tipo de radar y la velocidad). Si la administración te sanciona basándose en la velocidad exacta que marca la foto sin aplicar esta deducción a tu favor, la multa es nula.
- Certificado de calibración inexistente o caducado: Todos los radares deben superar una revisión técnica anual. En el expediente de la multa debe constar el certificado de homologación emitido por el Centro Español de Metrología (CEM) que demuestre que el aparato estaba debidamente calibrado en la fecha de la infracción.
- Ausencia de dos fotografías en radares móviles: Si la infracción fue captada por un radar móvil, la normativa exige que se aporten dos fotografías tomadas en diferentes momentos para evidenciar el movimiento y la trayectoria del vehículo. Una sola imagen del plano de la matrícula no es suficiente.
- Defectos en la identificación del vehículo: Si en la fotografía del radar aparece más de un vehículo circulando en paralelo, o si la matrícula resulta parcialmente ilegible debido a reflejos, sombras o condiciones climatológicas, la prueba carece de validez jurídica por falta de certeza.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Moreaga o por internet
Dependiendo de la vía en la que se haya producido la supuesta infracción en el entorno de Moreaga, el organismo competente para tramitar la sanción y recibir tu recurso será uno de los siguientes:
- Ámbito municipal (Calles urbanas de Moreaga/Sopela): El órgano competente es el Ayuntamiento de Sopela. Puedes presentar tu escrito de alegaciones de forma presencial en las oficinas de atención ciudadana del consistorio o, de manera más ágil, a través de su sede electrónica utilizando un certificado digital o sistema Cl@ve.
- Ámbito interurbano (Carreteras de Bizkaia como la BI-637 o BI-2122): En el País Vasco, las competencias de tráfico están transferidas. Por tanto, el organismo sancionador es la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco (Trafikoa). El recurso debe dirigirse a este organismo y puede tramitarse online a través de la sede electrónica de Euskadi.eus.
- Correo Postal: También puedes enviar el recurso por correo administrativo desde cualquier oficina de Correos, dirigido al organismo sancionador correspondiente, asegurándote de que sellen tu copia del escrito con la fecha de envío.
Para evitar futuras sanciones en carretera, no solo por exceso de velocidad, sino también por accesos indebidos a áreas restringidas o de bajas emisiones, es fundamental planificar tus rutas con antelación. Te recomendamos consultar