Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Moraleja
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Moraleja, el margen de maniobra es estrecho pero efectivo si actúas rápido. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos opciones incompatibles: pagar con un 50% de descuento (renunciando a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones. Si decides pelearla, el plazo para el recurso es el mismo: 20 días naturales.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para tumbar una sanción por velocidad, los tribunales exigen que la administración cumpla estrictamente con la metrología y la normativa. Al revisar tu boletín de denuncia, busca con lupa estos tres fallos habituales:
- Margen de error del cinemómetro: La ley aplica un margen de error obligatorio según el tipo de radar (fijo o móvil) y la velocidad a la que circulabas (habitualmente 5 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h o un 5% si es superior). Si no se ha aplicado correctamente en la velocidad sancionada, la multa es nula.
- Falta de certificado de verificación periódica: Todo radar debe pasar revisiones anuales. Si el Ayuntamiento o la DGT no adjuntan el certificado en vigor del Centro Español de Metrología (CEM), el recurso prospera automáticamente.
- Fotografía defectuosa: En la imagen debe aparecer claramente el vehículo, la matrícula legible y, en radares móviles, el cinemómetro debe identificar con precisión el sentido de la marcha. Si hay dudas sobre qué coche era el sancionado, la prueba carece de validez.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Moraleja o por internet
Dependiendo de qué organismo haya emitido la multa, deberás dirigir tus alegaciones a una ventanilla u otra. Si el radar estaba ubicado en vías urbanas gestionadas por la administración local, tendrás que presentar el recurso ante el Ayuntamiento de Moraleja, ya sea presencialmente en su Registro General o a través de su Sede Electrónica oficial. Si la multa proviene de una carretera interurbana, el organismo competente será la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente, pudiendo tramitarlo online mediante el portal de la DGT con certificado digital o Cl@ve.
Recuerda también que si tu ruta incluye accesos a grandes núcleos urbanos, es vital revisar