Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Mora
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Mora, lo primero que debes tener clara es la disyuntiva inicial: dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para pagar con una bonificación del 50% o, por el contrario, presentar un recurso de alegaciones. Ojo, si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento por pronto pago, por lo que debes estar muy seguro de que existen defectos de forma en la denuncia para que prospere.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonLos radares (tanto fijos como móviles) están sujetos a estrictas normativas metrológicas y de señalización. Para anular una multa de velocidad en Mora, debes revisar con lupa los siguientes puntos en la notificación y en la fotografía probatoria:
- Margen de error del cinemómetro: La Ley exige aplicar un margen de error al radar. Si la velocidad medida es inferior a 100 km/h, el margen es de 5 km/h para radares fijos y 7 km/h para móviles. Si es superior al 100 km/h, es del 5% o del 7%. Si no se ha aplicado, la multa es nula.
- Falta de metrología y revisión: El boletín de homologación y la última revisión periódica del aparato deben estar en vigor. Si el certificado de control metrológico ha caducado, la sanción decae.
- Fotografía de doble vía o margen de duda: En la imagen debe aparecer claramente el vehículo infractor y la matrícula legible. Si hay más de un vehículo en la foto, la prueba queda invalidada.
- Identificación del agente o señalización previa: En radares móviles, debe constar la identificación del cinemómetro y, en muchos casos, la señalización vertical previa que avisa de la presencia de controles de velocidad en esa vía.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Mora o por internet
Dependiendo de quién haya emitido la multa, el organismo competente variará. Si el radar estaba gestionado por la Dirección General de Tráfico (DGT) en carreteras interurbanas de los alrededores, el expediente se tramitará en la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la sanción proviene de un radar instalado por la Policía Local en travesías o vías urbanas del municipio, deberás dirigir el recurso de alegaciones directamente al Ayuntamiento de Mora.
La forma más rápida y segura de presentar tu escrito es a través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración si vas a la vía estatal, o mediante la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Mora si la multa es municipal. Asimismo, si tu ruta incluía acceso a núcleos urbanos restringidos, recuerda que puedes utilizar