Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Montseny
Una vez recibida la notificación, tienes 20 días hábiles para presentar el recurso ante la DGT. Si decides pagar antes, tienes un 10 % de descuento, pero el plazo de 20 días sigue siendo el mismo para interponer alegaciones. Si no actúas en ese periodo, la multa se convierte en deuda y el importe se incrementa.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en Amazon- Falta de identificación del vehículo: ausencia de matrícula o número de identificación del radar.
- Datos incompletos o erróneos: fecha, hora o localización exacta no especificadas.
- Falta de prueba fotográfica o de vídeo: ausencia de evidencias que demuestren la velocidad excedida.
- Radar no calibrado: falta de certificado de calibración vigente en el momento del hecho.
- Ubicación indebida: el radar se encontraba en un tramo no autorizado o fuera de la señalización de límite de velocidad.
- Señalización insuficiente: ausencia de carteles de límite de velocidad en la zona.
- Envío a domicilio equivocado: el expediente se remitió a la dirección incorrecta.
- Exención válida: condición médica o permiso de conducción con limitaciones que no se ha informado.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Montseny o por internet.
Para una multa de radar, el recurso se presenta ante la Dirección General de Tráfico (DGT). Puedes hacerlo de forma presencial en la Oficina de Tráfico del Ayuntamiento de Montseny, en la calle de la Constitución, 12, o bien a través del portal oficial de la DGT, www.dgt.es, donde encontrarás el formulario electrónico de alegaciones. Si prefieres la vía digital, el proceso es completamente gratuito y el plazo de respuesta es de 60 días hábiles.