Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Monda
Si has sido sancionado por exceso de velocidad en Monda, el reloj empieza a correr desde el día siguiente a la notificación. Dispones de un plazo de 20 días naturales para optar por el pronto pago (con una reducción del 50% en el importe) o para presentar alegaciones. Ten en cuenta que si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento por pronto pago. Debes valorar si los defectos de forma en la denuncia son suficientes para lograr el archivo del expediente.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar los hechos; hay que atacar la validez técnica y administrativa de la sanción. Busca estos fallos:
- Falta de identificación del cinemómetro: La denuncia debe especificar el modelo, número de serie y la fecha de la última revisión periódica en el Centro Español de Metrología. Si estos datos faltan o están desactualizados, la multa es nula.
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe ser nítida, identificar claramente la matrícula y permitir distinguir el vehículo. Si hay más de un vehículo en el encuadre, la sanción es impugnable.
- Márgenes de error: Según la normativa, el radar debe aplicar un margen de error (habitualmente del 3% al 7% dependiendo de si es fijo o móvil). Si no se ha aplicado correctamente, el exceso de velocidad podría ser inferior al sancionado.
- Notificación fuera de plazo: La administración tiene un plazo máximo para notificar la sanción. Si la notificación llega meses después sin causa justificada, puede haber prescrito.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Monda o por internet
Si la multa ha sido interpuesta por la Policía Local de Monda, debes dirigir tu escrito de alegaciones al Ayuntamiento de Monda. Si la sanción fue impuesta por la Guardia Civil de Tráfico (en vías interurbanas), el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico de Málaga. La forma más eficiente de presentar el recurso es a través de la Sede Electrónica de la DGT (con certificado digital o Cl@ve) o mediante el Registro Electrónico Común si te diriges al Ayuntamiento.
Además de vigilar los radares, es fundamental que te asegures de cumplir con las nuevas normativas de circulación urbana. Te recomendamos utilizar herramientas como