Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Moguer
El margen de actuación es ajustado cuando te llega una sanción de velocidad. Cuentas con un plazo improrrogable de 20 días naturales desde el día siguiente a la notificación para decidir: o pagas con una bonificación del 50%, o presentas un recurso o escrito de alegaciones. Ojo, si optas por recurrir, pierdes el derecho al descuento por pronto pago, por lo que tus alegaciones deben estar fundamentadas en datos técnicos sólidos para asegurar la anulación.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonLos radares de velocidad (tanto fijos como móviles de la DGT o de la policía local) deben cumplir estricta normativa metrológica. Para que tu recurso en Moguer prospere, debes buscar con lupa los siguientes fallos en la denuncia:
- Falta de la fotografía complementaria: La ley exige que consten dos fotogramas de la infracción (o una foto panorámica y otra ampliada de la matrícula) donde se vea claramente el vehículo y el entorno, permitiendo identificar la señalización de velocidad de la vía.
- Certificado de verificación periódica caducado: Los cinemómetros deben pasar revisiones anuales obligatorias. Pide siempre en el recurso el certificado del Centro Español de Metrología (CEM) y comprueba que la fecha de la última revisión sea anterior a la fecha de la multa.
- Márgenes de error no aplicados: La norma UNE 26444 y la Orden ICT/155/2020 establecen márgenes de error obligatorios según la velocidad y si el radar es fijo (3% o 5 km/h) o móvil (7% o 7 km/h). Si no se ha restado dicho margen a la velocidad cazada, la multa es nula.
- Identificación errónea del cinemómetro: El boletín de denuncia debe reflejar el número de homologación del aparato y su número de serie exacto. Si hay contradicciones con la base de datos de control, el recurso prospera.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Moguer o por internet
Dependiendo de quién te haya multado, el organismo competente variará. Si el radar estaba situado en una vía urbana o travesía de titularidad municipal, la sanción la gestiona el Ayuntamiento de Moguer. Si el exceso de velocidad se ha registrado en carreteras interurbanas (como la A-494 o similares en su término municipal), la competencia recae directamente sobre la Jefatura Provincial de Tráfico (DGT).
Para presentar tu escrito de alegaciones tienes dos vías principales:
- Por vía telemática (Recomendado): A través de la Sede Electrónica de la DGT (si la multa es suya) o en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Moguer si la multa es local, utilizando certificado digital o Cl@ve. Es la opción más rápida y deja constancia inmediata del registro.
- De forma presencial: En el Registro General del Ayuntamiento de Moguer para multas locales, o en cualquier oficina de registro de las Administraciones Públicas mediante el sistema VELETA u oficinas de Correos (en sobre abierto para que sellen la fecha de salida).
Además, recuerda que antes de circular por núcleos urbanos complejos o ciudades con restricciones de tráfico, es altamente recomendable