Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Mijas
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación de la multa para tomar una decisión: pagar con una reducción del 50% renunciando a cualquier alegación, o presentar un recurso. Si decides recurrir, debes saber que el pago anticipado con descuento es incompatible con la defensa jurídica.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para tumbar una sanción de velocidad en vía administrativa, debes buscar errores en el boletín de denuncia y en la tramitación que invaliden la prueba. Los motivos más sólidos son:
- Margen de error del cinemómetro: Los radares deben aplicar un margen de error legal (habitualmente del 5% para radares fijos y del 7% para móviles si la velocidad es superior a 100 km/h, o de 3 km/h y 5 km/h respectivamente para velocidades inferiores). Si la velocidad censada no descuenta este margen, la multa es nula.
- Falta de fotografía o doble fotograma: La normativa exige la aportación de dos fotogramas en momentos distintos para verificar la medición en cinemómetros móviles, o al menos una imagen nítida donde conste el vehículo, la matrícula y la fecha exacta.
- Certificado de control metrológico caducado: El radar debe haber superado la revisión periódica anual. Solicita siempre el certificado de homologación y verificación vigente.
- Identificación incorrecta: Errores en la matrícula, modelo del vehículo, lugar de los hechos o la no identificación fehaciente del conductor cuando el titular no iba al volante.
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El organismo competente para tramitar la multa dependerá de dónde se haya cometido la infracción:
- Vías urbanas de Mijas: Si el radar estaba situado en calles o travesías gestionadas por el municipio, la sanción corresponde al Ayuntamiento de Mijas (Organismo Autónomo de Recaudación o negociado de multas de tráfico). Puedes presentar el recurso presencialmente en las oficinas de asistencia en materia de registros del consistorio o telemáticamente a través de su sede electrónica oficial con certificado digital.
- Carreteras interurbanas (A-7, AP-7 o carreteras autonómicas que cruzan el término municipal): La competencia recae sobre la Jefatura Provincial de Tráfico de Málaga (DGT). En este caso, el recurso debe dirigirse a la DGT, pudiendo presentarlo online mediante el Registro Electrónico Común (REC) o en cualquier oficina de correos mediante correo administrativo en sobre abierto.
Además de vigilar la velocidad, recuerda revisar tus rutas habituales y utilizar