Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Mieres.
Dispones de un plazo de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el beneficio del pronto pago, por lo que debes estar seguro de que existen defectos de forma en el expediente que justifiquen la anulación.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar que "íbais despacio". Debes buscar errores técnicos en la denuncia. Los más frecuentes son:
- Ausencia de la fotografía o mala calidad: La imagen debe ser clara y permitir identificar el vehículo y su matrícula sin lugar a dudas. Si la foto es borrosa, es un motivo claro de nulidad.
- Certificado de calibración caducado: El cinemómetro (radar) debe pasar inspecciones periódicas. Solicita el certificado de verificación periódica; si la fecha está vencida o no se aporta, la multa es nula.
- Identificación incorrecta: Comprueba que el modelo de vehículo, la matrícula y el punto kilométrico coincidan exactamente con la realidad. Un error en la ubicación (por ejemplo, un radar móvil situado en un punto distinto al que indica la denuncia) invalida la sanción.
- Falta de margen de error: La DGT debe aplicar obligatoriamente los márgenes de error legalmente establecidos según el tipo de radar y velocidad. Si no se han restado estos márgenes, la sanción es recurrible.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Mieres o por internet.
La competencia depende de quién haya emitido la sanción. Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Mieres, el organismo competente es el Ayuntamiento de Mieres. Si fue por la Guardia Civil de Tráfico, el organismo es la Jefatura Provincial de Tráfico de Asturias.
Para presentar el escrito, puedes hacerlo de forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento de Mieres (si es local) o en cualquier oficina de asistencia en materia de registros. Sin embargo, la vía más eficiente es la sede electrónica del organismo correspondiente utilizando certificado digital o Cl@ve. Si la multa es de la DGT, utiliza obligatoriamente la Sede Electrónica de la DGT en el apartado "Presentación de alegaciones".
Recuerda que, además de las multas de velocidad, es vital cumplir con las normativas de acceso a los núcleos urbanos. Consulta siempre